Honduras
En una audiencia judicial se concede a un imputado la figura de la amnistía política, explicó el constitucionalista Rigoberto Espinal Irías.
El Congreso Nacional (CN) se apresta a aprobar un decreto referido a conceder una amnistía política, de carácter general, por los hechos acontecidos el pasado 28 de junio.
Toda amnistía es el olvido y perdón de un delito político, es aplicable a toda persona que habiendo sido objeto de alguna acusación se acoja a los efectos de esta figura jurídica.
"Si la persona ha sido acusada tiene varias opciones, en su declaración como imputado, en la audiencia inicial del proceso penal, puede acogerse a la amnistía", manifestó Espinal, quien funge como asesor legal del Ministerio Público.
"Si hay requerimientos, hay una audiencia de declaración del imputado (en un juzgado), tiene que presentarse el imputado, reconocer que está comprendido en esos hechos para invocar que (la amnistía) le sea aplicable; si no lo hace seguirán las actuaciones, nadie va a ser condenado en ausencia", manifestó.
En el caso de Manuel Zelaya, quien ya tiene una acusación, tendría que presentarse al juzgado para que en la audiencia de declaración de imputado o en la inicial acepte su participación en los hechos que le imputa el MP y presente un recurso invocando que existe una amnistía a la cual se quiere acoger.
"Puede hacerlo en la audiencia de declaración del imputado o en la audiencia inicial, alegando una excepción de que no está comprendido en ese requerimiento porque se acoge a la amnistía", manifestó.
Es el juez es el que concede la amnistía, emitiendo un sobreseimiento definitivo.
"Si el CN dice que haber atentado contra la forma de gobierno, haber intentado disolver la Corte Suprema o el CN, eso lo vamos a olvidar, eso es problema del Congreso. El juez verá la situación; el imputado dice ‘acepto que quise disolver la Corte Suprema, pero me acojo a una amnistía’ y ahí nomás resolverán", indicó.
Esto tiene que ver con la filosofía social cristiana. "Si estamos hablando de olvido, el olvido es por efecto de un perdón y el perdón se da por el arrepentimiento y la solicitud de ese perdón", dijo.
"En consecuencia, el que quiera acogerse a la amnistía tiene que arrepentirse del pecado que ha cometido para solicitar el perdón y entonces se pueda decir ‘tus pecados son perdonados y no me acordaré más de ellos’".