Honduras
Los diputados aprobaban todavía este domingo el paquete de medidas fiscales después de que el mismo fuera revisado y modificado con el fin de atenuar el impacto que tendrá sobre las clases pobre y media.
Con este “paquetazo”, ya revisado, el gobierno de Porfirio Lobo Sosa captará 4,500 millones de lempiras, según explicaciones de miembros de la comisión de dictamen.
Originalmente se anunció una recaudación de alrededor de 5,000 millones de lempiras, posteriormente el presidente del CN, Juan Hernández informó que la recaudación sería de 7,000 millones de lempiras.
Al final, los funcionarios del Gabinete Económico aceptaron los cambios que fueron introducidos por el Poder Legislativo.
El “paquetazo” estaba siendo apoyado por la bancada nacionalista, Pinu, UD y DC, por considerar que había sido suavizado en favor de la clase media y baja y endurecido para las clases altas del país.
La bancada del Partido Liberal emitió un pronunciamiento en que se desmarcaba de la aprobación de las medidas fiscales.
El diputado liberal por Atlántida, Gonzalo Rivera, leyó, a nombre de la bancada del principal partido de la oposición, un comunicado expresando el rechazo a las medidas fiscales preparadas por el Ejecutivo.
“Manifestamos nuestra oposición a las medidas fiscales sometidas a esta augusta cámara”, dijo, al filo de las nueve y media de la noche, cuando iniciaba el debate sobre la aprobación del paquete de medidas económicas.
El parlamentario, uno de los pocos liberales que decidió quedarse en la sesión, dijo que el gobierno en realidad encontraría en la lucha frontal contra el contrabando y la defraudación fiscal, la mejor opción de ingresos.
Indicó que la propia Dirección Ejecutiva de Ingresos ha reconocido una fuga de 40 mil millones de lempiras y en ese sentido manifestó que con solo recaudar el 10% se generarían los ingresos suficientes para el país.
Las medidas
Entre las medidas que fueron revisadas están el impuesto a la telefonía celular, al consumo de energía, al impuesto de las bebidas y cigarrillos, a la introducción de vehículos usados, el impuesto a materiales y equipos agrícolas, lo mismo que a la renta de viviendas.
Los impuestos a la empresa privada que estaban siendo considerados en el proyecto fueron endurecidos mientras que se crea una Comisión del Contrabando y la Defraudación Fiscal, el Registro de Exoneraciones Fiscales y otras medidas.
Por otra parte, el paquete de medidas fiscales contempla la creación en un plano no mayor a 60 días un proyecto de Ley que contenga medidas de compensación laboral. Sin embargo, el mismo proyecto no contempla cuáles deberán ser esas medidas de beneficio laboral para la población.
Arrendamientos
Para el caso, se establece un impuesto anual específico de renta al diez por ciento como cédula aplicable sobre el precio del arriendo o alquiler de viviendas y edificios de apartamentos, con un monto superior a quince mil lempiras de renta mensual, ya sea como cuota única o como monto total pagado entre todas las unidades habitacionales o cuartos de un mismo inmueble.
En el caso de la telefonía, el dictamen elaborado por el CN proponía para los usuarios del servicio de telefonía móvil un impuesto gradual así: modalidad pospago con un consumo mensual de 0.01 a 40.00 dólares o su equivalente en lempiras con el 12% de Impuesto Sobre Ventas; de 40.01 dólares en adelante, o su equivalente en lempiras el 15% de Impuesto Sobre Ventas.
La modalidad prepago se mantiene con el gravamen ya existente del 12% de Impuesto Sobre Ventas. El servicio de Internet también ha sido gravado de manera escalonada, dependiendo del ancho de banda del servicio.
Se establece una tasa por las llamadas telefónicas de larga distancia internacional entrantes tradicionales y no tradicionales de 0.03 centavos de dólar por cada minuto de tiempo real de tráfico, la cual será pagada por todos los operadores autorizados para gestionar, establecer y cursar llamadas telefónicas de larga distancia internacional.
Energía
Con respecto al consumo de energía eléctrica se consensuó que pagarán el Impuesto Sobre Ventas del doce por ciento (12%) todos los abonados residenciales que tengan un consumo de energía eléctrica mensual mayor de setecientos cincuenta kilowatios/hora mensual (750kw/h), por la prestación del servicio público o privado.
De dicho pago no estará exento ningún tipo de usuario residencial, independientemente del giro que posea en el bien inmueble.
Se incluyó que en lo relacionado a los boletos de transporte aéreo nacional e internacional, se grava con una tasa del dieciocho por ciento (18%) en concepto de Impuesto Sobre Ventas, los boletos de transporte aéreo en clase ejecutiva, primera clase, clase de negocios o estándares similares.
Se establece que las personas jurídicas y comerciantes individuales con ventas mayores a quince millones de lempiras anuales deberán retener a sus proveedores que no estén sujetos al sistema de pagos a cuenta el uno por ciento (1%) en concepto de anticipo de Impuesto Sobre la Renta o el Activo Neto, el que sea mayor.
Los vehículos
En la importación de vehículos, la aplicación de la carga tributaria deberá adicionarse al final por una sola vez, una ecotasa de 5,000 lempiras, la que se pagará en el momento de liquidación y pago de la póliza o la Declaración Única Aduanera (DUA).
Queda prohibida la importación de vehículos, automotores terrestres con más de diez años de uso y los autobuses, camiones, cabezales, volquetas y pickup de trabajo con trece años de uso.
Por otra parte, se crea un impuesto específico único sobre el consumo de cigarrillos en el territorio nacional, el cual se aplicará en una sola etapa de comercialización, a nivel de fábrica o al momento de la importación, de forma generalizada tanto para los cigarrillos producidos nacionalmente como para los importados.
El dictamen contempla el impuesto a la producción nacional e importación de bebidas gaseosas, bebidas alcohólicas y otras bebidas preparadas o fermentadas.
El dictamen que discutían anoche los parlamentarios contemplaba la creación del Registro de Exonerados y de Regímenes Especiales a cargo de la Dirección Ejecutiva de Ingresos.
Las personas naturales o jurídicas que gocen de exenciones o exoneraciones o que pertenezcan a un régimen especial deberán inscribirse gratuitamente en el Registro.
Esta disposición es de carácter obligatorio y requisito para seguir gozando de los beneficios otorgados.
Otro de los puntos contemplados en el paquete fiscal es que las personas naturales o jurídicas que perciban honorarios, salarios o emolumentos, en el desarrollo de programas y proyectos del Estado, independientemente de la procedencia de los fondos, con que se paguen sus servicios, deberán pagar el Impuesto Sobre la Renta conforme a Ley.
También permite que todas las instituciones del Gobierno Central y órganos desconcentrados cobren la tarifa de doscientos lempiras en concepto de pago por emisión de los actos administrativos como trámites de certificaciones, constancias, reposiciones de documentos dañados o extraviados, renovaciones y otros.
Se exceptúan de este pago las partidas de nacimiento y la tarjeta de identidad emitida por primera vez.
Pero otra de las disposiciones que contempla el dictamen del CN es gravar con un impuesto específico del cinco por ciento aplicado al valor de la venta de boletos de lotería electrónica, rifas y sorteos por mensajitos por vía móvil o celular, por correo electrónico, o por cualquier otro medio de comunicación televisivo, radial, electrónico, digital, telemático o analógico.
Ahorro
En materia de racionalización del gasto, el dictamen del Legislativo prohíbe la compra por el término que dure la emergencia (fiscal) la compra y arrendamiento de vehículos automotores, incluyendo todas las instituciones del sector público, excepto los estrictamente relacionados con el área de Salud, Seguridad, Educación y la Administración Tributaria.