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Mineras en negociaciones para pagar impuestos

Defomin regula la actividad minera, pero recibe muy poco en impuestos.
11.05.11 - Actualizado: 11.05.11 10:23pm - Redacción: redaccion@elheraldo.hn

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Tegucigalpa,

Honduras

La dirección de Fomento de la Minería (Defomin) y las empresas mineras demandadas por no pagar impuestos, entraron en un proceso de negociación para llegar a acuerdos extrajudiciales que permitan al Estado recuperar más de 64 millones en concepto de impuestos dejados de percibir.

El subdirector de Defomin, Saúl Sinclair, informó que en las negociaciones también participan la Procuraduría General de la República y la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).

La Procuraduría introdujo en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo las acciones legales encaminadas a obligar a las firmas mineras a pagar los tributos acumulados a lo largo de seis años, amparadas, supuestamente en un artículo de la Ley de Minería que las exoneraba del pago de tributos por la importación de equipo.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional este artículo, medida que obliga a las empresas a pagar los impuestos. Las firmas aludidas son Minerales Entremares, American Pacific Honduras, Minerales de Occidente, Eurocanteras, Cerros del Sur y Agregados del Caribe.

Estas empresas concesionarias resultaron beneficiadas con las dispensas de introducción de maquinaria, equipo y materiales al amparo del artículo 74 de la Ley General de Minería, declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia el 4 de octubre de 2006 y publicado en La Gaceta el 24 de noviembre de 2006.

El subdirector de Defomin desmintió versiones, según las cuales las empresas habían contrademandado al Estado. Todo lo contrario, más bien hay una plática armoniosa que probablemente concluya con el pago de los tributos adeudados al Estado, dijo el funcionario. A pesar de que la Ley de Minería (próxima a reformarse) establece una serie de obligaciones tributarias por parte de las empresas mineras, los pagos no se cumplen a cabalidad por varias razones no necesariamente atribuibles a las empresas. La ley indica un canon territorial por hectárea concesionada por cada año en que se mantiene el derecho que va desde 25 centavos de dólar hasta tres dólares. El "canon de beneficio" consiste en el pago anual de las empresas mineras por la capacidad instalada en la planta de tratamiento de los minerales. Este canon nunca se cobró debido a un error en la Ley de Minería, según Defomin. Tampoco se pueden recibir ingresos por tasas y multas por falta de un reglamento.

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