Documento: Hallazgos y recomendaciones de CVR">
Honduras
El derrocamiento contra el expresidente Manuel Zelaya, según el informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR) fue un "golpe de Estado contra el Poder Ejecutivo", pero fue el mismo Zelaya quien, con la serie de delitos que cometió y con el incumplimiento a la ley, el que orilló a los hechos del pasado 28 de junio.
Entre otros hallazgos, esto es lo que se destaca del informe "Para que los hechos no se repitan", que la CVR dio a conocer públicamente ayer en un acto en el centro Chiminike.
Los presidentes de los poderes del Estado recibieron copia del informe dividido en tres tomos: uno sobre la cronología de los hechos, otro es una descripción de los mismos y el último un resumen ejecutivo.
Por la importancia del informe, EL HERALDO presenta una transcripción del resumen leído por el coordinador de la CVR, Eduardo Stein:
Tegucigalpa, 7 de julio 2011.
Al concluir su mandato para esclarecer los hechos ocurridos antes y después del 28 de junio del 2009, a fin de identificar los actos que condujeron a la situación de crisis, la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR), proporciona al pueblo de Honduras elementos para evitar que estos hechos se repitan en el futuro, es por eso que se presentan a continuación y en forma resumida los principales hallazgos y recomendaciones detallados con mayor profundidad en el informe final entregado al pueblo hondureño este día:
Principales hallazgos
Sobre la democracia en Honduras, la Comisión de la Verdad y la Reconciliación está consciente que el término "golpe de Estado" no es un concepto jurídico, no se encuentra definido ni en el derecho internacional, ni en los órdenes jurídicos internos.
En la literatura general existen tantas definiciones como diccionarios o enciclopedias, sin embargo al tomar en cuenta los usos del término en los libros que tratan exclusivamente el fenómeno de los golpes de Estado, se puede determinar que existe un golpe cuando han concurrido al menos cuatro elementos: primero, que la víctima sea el presidente u otra autoridad civil o militar que tenga el mando máximo del Poder Ejecutivo de un país; segundo que el perpetrador del golpe haya ejercido violencia o coerción contra la víctima para que abandone su cargo; tercero, que la acción o acciones sean abruptas y rápidas; y cuarto que esta acción se produzca en clara violación del procedimiento constitucional para la destitución del Presidente.
En tal sentido, consideramos que lo sucedido el 28 de junio del 2009 tiene las 4 características definidas anteriormente de un golpe de Estado.
La CVR razona que al hacer un balance del proceso de transición a la democracia y el desarrollo de Honduras, se observa una progresiva erosión del proceso democrático del país. De hecho, el golpe de Estado del 28 de junio demuestra -que en Honduras la democracia continúa manteniendo un orden político-institucional, con un sistema de partidos políticos en el que tienen un gran peso los privilegios y turno en el ejercicio de un poder discrecional y hasta arbitrario, y no ha transitado hacia un orden con una sociedad civil no tutelada y en condiciones que permitan la organización y expresión pública de todos los ciudadanos, más fundada en la competencia y el mérito, que en el clientelismo y el patrimonialismo.
Debe aprovecharse esta profunda crisis como una oportunidad extraordinaria para retomar el proceso de transición democrática que se desnaturalizó y se fracturó.
Sobre el gobierno de Manuel Zelaya
Los comisionados consideran que la crisis política desencadenada el 28 de junio del año 2009 en Honduras, fue un proceso que comenzó varios meses atrás; siendo durante la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en enero de ese mismo año, cuando se manifestó el momento de mayor confrontación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, al extremo que altos funcionarios del Poder Ejecutivo llegaron al Congreso Nacional a reunirse con la bancada del Partido Liberal y amenazaron con la ruptura del orden constitucional si no se elegía como magistrados de la Corte Suprema de Justicia a abogados que no figuraban en la lista de cuarenta y cinco (45) candidatos a magistrados y que no habían participado en el proceso de selección convocado por la junta nominadora de candidatos a magistrados integrada en su mayoría por la sociedad civil.
El presidente Zelaya aprobó una serie de decisiones en materia económica durante el primer y segundo año de gobierno, vinculados a temas estratégicos para el país, como los carburantes; y de carácter económico social, en el último año y medio de su gestión, como el sustancial aumento al salario mínimo de los trabajadores del sector público y privado, lo que provocó, por un lado, confrontación con el gobierno de buena parte del sector empresarial nacional y transnacional y, por otro, se fue consolidando una amplia base de apoyo al gobierno de parte los de gremios, sindicatos y pobladores, que se convirtieron en el principal soporte social y político para la realización de la consulta pública conocida como cuarta urna.
¿Qué pasó con la consulta popular o cuarta urna?
La CVR reconoce que la convocatoria por parte del Presidente de la República a una consulta, primero, y a una encuesta después, conocida como cuarta urna, marcó el elemento definitivo e irreversible de confrontación, que tuvo su desenlace en la captura por orden judicial del presidente José Manuel Zelaya y después su expulsión a San José, Costa Rica, ejecutándose de esta forma el golpe de Estado contra el Poder Ejecutivo.
Es así que se concluye que el presidente Zelaya Rosales, buscó primero apoyo en los sectores políticos del Partido Nacional y del Partido Liberal, llegando, inclusive, a ofrecer la presidencia de la futura asamblea nacional constituyente al señor Roberto Micheletti; pero, el rechazo hacia la consulta y a otras iniciativas (Petrocaribe, Alba) de parte de los núcleos más duros de los partidos tradicionales, fue trasladando las alianzas hacia la UD y hacia los sindicatos de trabajadores, asociaciones campesinas y gremios magisteriales.
El 25 de junio del 2009 se constató la irrupción del presidente Zelaya, enfrentando la ley y estableciendo su propio funcionamiento, rodeado de miles de voluntarios y tomando las urnas y el material decomisado y sacándolas de la base de la Fuerza Aérea en Tegucigalpa.
Hecho que se convierte en el detonante final de una larga serie de desavenencias y desencuentros, al que se le suma el rompimiento con las Fuerzas Armadas día antes con la destitución del general Romeo Vásquez.
¿Qué ocurrió el 28 de junio del 2009?
En términos generales, podría decirse que los hechos del 28 de junio de 2009, así como las circunstancias previas y posteriores, no fueron otra cosa que catalizadores o disparadores de disfunciones más estructurales o de fondo de la sociedad hondureña, de su clase política, del modelo de representación fijado por las normas de derecho público, de las relaciones entre poder civil y poder militar, así como por la participación directa o indirecta de actores internacionales.
La forma de procesar la crisis política -haciendo uso de un procedimiento al margen de la ley, empleando la fuerza para expulsar al presidente de la República fuera del país y utilizando a las Fuerzas Armadas para resolver un conflicto político institucional evidencia, por un lado, la poca capacidad que demostró la clase política para llegar a acuerdos y, por otro, la incapacidad de las instituciones democráticas de resolver la crisis haciendo uso de los mecanismos y disposiciones de las leyes de Honduras.
Se ve claramente que la institucionalidad democrática no fue efectiva para resolver la crisis y evitar la salida violenta de Zelaya Rosales, no por falta de acciones y resoluciones tomadas, sino porque las decisiones de las autoridades fueron desconocidas y no fueron acatadas por el presidente, José Manuel Zelaya, quien asumió de forma personal las acciones que se requerían para ejecutar la consulta. Entre los meses de mayo y junio de 2009, participaron o emitieron resolución para detener la consulta: el Conadeh, el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República, el Tribunal Supremo Electoral y la Corte Suprema de Justicia.
Por otro lado, al revisar el acta del Congreso Nacional de la sesión del día 28 de junio, se descubren inconsistencias en el orden del día. Tres hechos relevantes marcan la sesión de ese día:
a) Se lee una carta de renuncia enviada, supuestamente, por el presidente Zelaya, con sello de recibida en el Congreso Nacional el domingo 28, cuando él se encontraba en Costa Rica;
b) El acta del Congreso Nacional no registra ninguna pregunta, ni solicitud de información del porqué el presidente Zelaya se encontraba en Costa Rica y ningún diputado solicitó confirmar la autenticidad del origen de la carta de renuncia, ni la firma de quien la suscribía, y de acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía, la firma de la carta es falsa; c) Se vota a favor de aceptar la renuncia y se designa una comisión para que redacte el acuerdo respectivo.
Después de someter a profundos estudios la Constitución de la República y de revisar las funciones del Congreso Nacional, se concluye que este Poder del Estado no tiene atribuciones para destituir al Presidente de la República ni para nombrar al sustituto, por lo que colegimos que el nombramiento del señor Roberto Micheletti como presidente interino de Honduras fue ilegal y que el gobierno que surge entre el día 28 de junio del año 2009 y el 26 de enero del año 2010, es un gobierno de facto.
La Constitución de la República carece de un procedimiento claro para resolver los conflictos entre los Poderes del Estado y de cómo tratar y resolver cuando un Presidente o un alto funcionario debe ser sometido a una investigación o a una destitución.
La Comisión recibió amplia información de parte del Ministerio Público acerca de los supuestos actos de corrupción cometidos durante el gobierno de José Manuel Zelaya, especialmente aquellos vinculados a la realización de la consulta; sin embargo, no se entregó la información solicitada de supuestos actos de corrupción durante el gobierno de facto. Los casos de supuestos actos de corrupción, de los dos períodos, Zelaya y Micheletti, deben investigarse con imparcialidad, profesionalismo y objetividad, y someterlos a la justicia, a fin de ir terminando con la impunidad.
Se conoció por testimonio directo, que el presidente Zelaya pidió al señor Arturo Corrales el día viernes 26 de junio convencer a sus seguidores de posponer la consulta, lográndose un acuerdo para eliminar lo relacionado a la asamblea nacional constituyente; sin embargo, el círculo de los liberales más cercanos al ex presidente, los dirigentes del Partido Unificación Democrática, los dueños de medios de comunicación afines a la consulta y los demás dirigentes del movimiento social que apoyaban la consulta conocida como cuarta urna, manifestaron su desaprobación y exigieron al Presidente concluir con el proceso planificado, provocando que el acuerdo pactado entre las partes no se cumpliera.
En el período de gobierno del presidente Zelaya, las Fuerzas Armadas y su alta jerarquía fueron beneficiadas desde el Poder Ejecutivo con algunas disposiciones al margen de los reglamentos de la institución, como ser la reelección de Romeo Vásquez Velásquez en la jefatura del Estado Mayor Conjunto, dar recursos presupuestarios adicionales y con la asignación de funciones en la administración pública (ENEE, Empresa Nacional de Energía Eléctrica).
Finalmente, en el primer semestre del año 2009, las Fuerzas Armadas se vieron enfrentadas ante dos circunstancias de la coyuntura política: estaban entre la orden del presidente Zelaya de apoyar la realización de la cuarta urna o cumplir la orden de los tribunales competentes de no apoyar la consulta o encuesta popular por haber sido declarada ilegal.
En los momentos culminantes de la crisis, el día 28 de junio del año 2009, las Fuerzas Armadas acatan parcialmente la orden judicial dictada por el juez natural Tomás Arita, de allanar la vivienda y capturar al presidente Zelaya, pero no cumplen la segunda parte, que mandaba presentar a Zelaya ante autoridad competente.
La Junta de Comandantes tomó la decisión de enviarlo a San José, Costa Rica. La Corte Suprema de Justicia no procedió a pedir explicaciones y a controlar los actos inconstitucionales de las Fuerzas Armadas, ni los cometidos posteriormente por el Congreso Nacional al separar de su cargo al Presidente de la República y nombrar en su lugar al presidente del Congreso Nacional, Roberto Micheletti.
Partidos políticos y organizaciones sociales
Se logra determinar que las organizaciones sociales de empresarios, gremios obreros y campesinos y las iglesias, que en el pasado habían participado en procesos de mediación y negociación frente a crisis políticas, en esta ocasión perdieron la capacidad y la posibilidad de una mediación efectiva, debido, fundamentalmente, a su vinculación y militancia con los sectores confrontados.
Los partidos políticos, como organizaciones de representación política entre la sociedad y el Estado y como las únicas formas de organización reconocidas legalmente para el acceso al poder de la nación, se distanciaron de los actores principales de la crisis y renunciaron a la mediación política.
Sobre la Organización de Estados Americanos
En este ámbito se concluye que en el período previo al golpe de Estado la comunidad internacional no intervino, excepto los gobiernos que apoyaban la iniciativa de la consulta y la OEA, que decide enviar una misión de acompañamiento, a pesar de que todos las instancias del Estado de Honduras con competencia en este tema habían emitido resoluciones declarando la ilegalidad y que no se llevara a cabo.
Esta decisión de la OEA minó la confianza de diferentes sectores hondureños en el organismo internacional.
Igualmente, se deja constancia de que la rápida reacción internacional para condenar el golpe, la suspensión de Honduras en la OEA y las diferentes iniciativas para alcanzar acuerdos entre las partes en conflicto, si bien expresaron con contundencia y rechazo al golpe de Estado, no lograron el propósito de reinstalar a Zelaya en el poder, por lo que se constata un bajo nivel de efectividad de la OEA y de las acciones internacionales, tanto en la fase preventiva de los conflictos, como en el período post conflicto.
Consecuencias de los hechos
La CVR recibió el reclamo y la demanda de los ciudadanos y ciudadanas hacia la clase política, los que se resumen en el derecho de saber la verdad, el reclamo de justicia y aplicación de la ley para los responsables, el rechazo a la práctica de provocar crisis y luego lograr pactos que conducen a la impunidad, porque los políticos toman decisiones sin valorar el daño que causan a las personas más pobres.
Los testimonios recibidos evidencian el gran impacto que el retiro de la ayuda de la cooperación internacional produjo después del golpe de Estado en los sectores rurales, en programas sociales en el área de la salud materna-infantil, programas educativos, de desarrollo agrícola, de vivienda rural, etc.
El 28 de junio de 2009 supuso un impacto claro en el sistema de partidos políticos hondureños, pero también sirvió para que la gente asimilara nuevos conceptos de un modo más nítido: "Hay un sector de la población que quiere otro tipo de representatividad, aunque esté fragmentada y no tenga un liderazgo claro y coherente".
Aunque existía desencanto partidista, este puede ir en aumento si los partidos no llevan a cabo las reformas que les hagan más democráticos internamente y transparentes en su gestión.
Pero, también es importante que las organizaciones partidistas articulen vías de participación de la sociedad civil.
+ Los hechos del 28 de junio (Especial en PDF)