Honduras
El gobierno de Honduras anunció esta noche los aumentos al salario mínimo, los que son selectivos dependiendo del número de empleados que tenga la empresa y la actividad o regimen económico a la que se dediquen.
Las empresas acogidas en los regímenes ZOLI y ZIP, es decir, zonas libres y maquilas, independientemente del área en donde desarrollen sus actividades, el salario mínimo será de 3,894.60 lempiras.
Para las empresas con salarios diferenciados y que están consignadas en el acuerdo ejecutivo No. 001-STSS-07 del 31 de enero de 2007, independientemente del área en donde desarrollen sus actividades, el salario mínimo será de 2,982 lempiras.
Para las empresas con 1 a 20 empleados, los salarios se mantienen en 5,500 lempiras para el área urbana y 4,055 lempiras para el área rural.
Sin embargo, el artículo 3 del decreto ejecutivo indica que toda empresa que tenga de 1 a 50 trabajadores pero con un nivel de productividad que les permita acumular márgenes de excedentes, una mayor inversión en activos fijos, una adecuada relación en cuanto a su capital de trabajo, una clara división del trabajo y formalidad en sus registros contables y administrativos, si desarrollan su actividad económica en el área urbana, pagarán un salario mínimo mensual de 5,886 lempiras y si desarrollan su actividad económica en el área rural pagarán 4,166.65 lempiras, es decir, un aumento de siete por ciento en ambos sectores.
Las empresas con 20 a 50 empleados, deberán pagar en el área urbana un salario de 5,665 lempiras, es decir, un aumento de 165 lempiras que equivale al 3 por ciento.
Las empresas del área rural con 20 a 50 empleados pagarán 4,166.65 lempiras, es decir, un aumento de 111.65 lempiras que equivale a 2.74 por ciento.
Las empresas con más de 50 empleados pagarán un salario en área urbana de 5,886 lempiras, es decir, un aumento de 386 lempiras que equivale a 7 por ciento.
En el área rural pagarán 4,339.50 lempiras, es decir, un aumento de 284.50 lempiras que equivale al 7 por ciento.
Para los empleados públicos el aumento salarial es de 650 a partir del 1 de noviembre de este año y 650 lempiras adicionales a partir del 1 de junio de 2011.
Quedan fuera los que recibieron aumentos selectivos entre 2009 y 2010, incluyendo todos los empleados regidos por estatutos.