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Congreso Nacional acepta renuncia de Elvin

Micheletti presenta reformas a la Constitución para adecuar la ley a la sentencia de la Corte Suprema que restableció la figura de los designados presidenciales. Santos no está inhabilitado
18.12.08 - Actualizado: 18.12.08 10:25pm - Redacción: diario@elheraldo.hn

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Tegucigalpa ,

Honduras

En un hecho inédito, sin precentes en la legislacion hondureña, el Congreso Nacional ha aceptado anoche la renuncia del cargo al vicepresidente de la República, Elvin Santos Ordoñez.

El hecho se produjo sin titubeos de los oficialistas diputados liberales ni parpadeos de los opositores, en el marco de una sesión maratónica que se inició en horas de la tarde y concluyó anoche.

Varios temas fueron tratados por el plenario legislativo, pero la renuncia del vicepresidente Santos resultó de extrema importancia por cuanto, con esta decisión, el Congreso Nacional estaría allanando el camino para que este alto funcionario asuma la candidatura predencial del Partido Liberal.

La renuncia del vicepresidente fue aceptada en primera instancia por la mayoría simple del Congreso Nacional, luego que el secretario José Alfredo Saavedra la hizo del conocimiento del plenario.

En la votación solo participaron los liberales, alguno que otro nacionalita, el colectivo de la UD votó en contra; los dos diputados del PINU se abstuvieron y los tres democristianos no hicieron objeciones.

El presidente del CN, Roberto Micheletti, suspendió la sesión por una hora para dar lugar a que una comisión especial redactara el proyecto de decreto mediante el cual se acepta la renuncia del vicepresidente.

En su exposición de motivos, dicho decreto establece las causas de la renuncia del cargo del vicepresidente Santos, una de las cuales es el resultado de las elecciones primarias del Partido Liberal “que marcan una clara votación del electorado para que él asuma la candidatura oficial a la Presidencia de la República por el Partido Liberal de Honduras”.

En otro considerando dice que la situación del país demanda altos niveles de entendimiento asi como reglas claras para que el proceso electoral general se desarrolle con normalidad.

En otro considerando, el Congreso acoge lo expresado por Santos que para asumir la candidatura presidencial debe hacerlo despojado de cualquier prerrogativa o ventaja que podría derivarse del ejercicio de un cargo público, ya que las funciones públicas son incompatibles con el desempeño político y proselitista.

El decreto dice que en aplicación de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia los artículos constitucionales pétreos reformados deben regresar al estado original que tuvieron al emitirse la Constitución al 11 de enero de1982.

En cuanto a las reformas de los artículos 239 y 240 de la Constitución de la República en consecuencia se expulsan del texto constitucional y, por tanto, vuelven a la redacción del texto original.

Siendo que la CSJ razonó que la esencia del artículo 240 en su versión original debe ser respetada, por ello, las prohibiciones se mantienen en la misma medida para los órganos que han sustituido a otros en el tiempo y quedan suprimidas para quienes no las previó el constituyente de 1982.

Siendo que el Congreso Nacional, en virtud de la sentencia de la Corte, homologó el cargo del vicepresidente a la de los Designados Presidenciales.

Considerando que las inhabilidades para ser elegido presidente de la República a que se refiere el artículo 242 solamente aplican a los funcionarios que no hayan ejercido su función durante los seis meses anteriores a la fecha de elección del presidente de la República.

El decreto

Por tanto, decreta

Artículo 1. Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada ante el Congreso Nacional por el ciudadano Elvin Ernesto Santos al cargo de vicepresidente de la República de Honduras.

Para efectos de su sustitución, en el caso del vicepresidente hasta tanto concluya el presente período presidencial se aplicará lo establecido en las diferentes leyes de la República.

Artículo 2. El presente decreto entrará en vigencia el día de su aprobación por el Congreso.

Tras conocer la decisión del Congreso Nacional, el presidente del Tribunal Supremo Electoral, Augusto Aguilar, manifestó que esperaba conocer el decreto aprobado por los diputados para darle la aplicación correspondiente, poniendo en perspectiva que el renunciante vicepresidente, Elvin Santos, podrá ser inscrito como candidato presidencial del Partido Liberal, tras conocerce la renuncia del abogado Mauricio Villeda, que resultó electo en las elecciones liberales del pasado 30 de noviembre.

Al momento de la presentación de la renuncia del vicepresidente, la bancada nacionalista permaneció en sus curules viendo como los liberales celebraban la determinación de Elvin Santos de no ser más ya el segundo a bordo del gobierno del Poder Ciudadano.

Reformas constitucionales

El presidente del CN, Roberto Micheletti, presentó anoche un proyecto de reformas de varios artículos constitucionales cuya intencionalidad es adecuar la redacción de la Constitución de la República a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que restablece la figura de los designados presidenciales.

El diputado de la oposición, Antonio Rivera Callejas, dijo que tales reformas no tienen otra intencionalidad más que adecuar la Constitución a la sentencia de la Corte.

Dijo que deberán ser aprobadas por mayoría calificada en esta legislatura, cuyo período de vigencia se amplió hasta el 24 de enero del próximo año, a manera que sean ratificadas en la subsiguiente legislatura que se instala el 25 de ese mismo mes.

Con las reformas, se restablece la redacción de varios artículos que fueron modificados tras la reforma del artículo 240 constitucional en la que se creó la figura del vicepresidente.

Anteriormente se establecía que el Presidente es sustituido en sus ausencias por uno de los designados.

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Los diputados del Partido Liberal levantaron la mano sin titubear para aceptarle la renuncia al vicepresidente Santos.
Los diputados del Partido Liberal levantaron la mano sin titubear para aceptarle la renuncia al vicepresidente Santos.

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