Honduras
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó ayer dos recursos de amparo interpuestos contra los toques de queda decretados por el actual gobierno.
Tras la destitución, captura y salida del país de Manuel Zelaya, el gobierno de la República, presidido por Roberto Micheletti, dispuso emitir toques de queda con el argumento de garantizar la paz y la seguridad de las personas y sus bienes.
Esto por las manifestaciones de violencia que se generaron en las calles por los zelayistas.
La medida molestó a algunas personas que presentaron recursos de amparo ante la Sala Constitucional en contra de los toques de queda, los que fueron rechazados por los magistrados.
Estos recursos los interpusieron los dirigentes zelayistas Fredin Fúnez, Bertha Oliva y Nectaly Rodezno, registrado con el número 1126-09 a favor de la ciudadanía hondureña.
Se argumenta que los toques de queda anunciados en cadena nacional de radio y televisión violentan los derechos de libre circulación y tránsito en el territorio nacional, que a juicio de los recurrentes deben ser restituidos. Al respecto, los cinco magistrados que integran la Sala Constitucional resolvieron que el escrito no cumple con requisitos formales, por lo que conceden un plazo de tres días para que sean subsanados para definir su admisión.
Se resuelve que deben exponerse con claridad los siguientes extremos:1. Su legitimación procesal para acudir en nombre y representación de toda la ciudadanía hondureña.2. Que en su defecto determine con precisión el nombre de él o las personas que están siendo objeto de restricciones a la libre circulación a lo interno de nuestro país.
Otro amparo que corrió la misma suerte fue el número 1125-09, interpuesto por el zelayista Fredín Fúnez a favor de diez personas. Sobre el particular, Fúnez dijo que subsanará los requisitos que señala la Sala.
11 amparos más
Con los 11 recursos de amparo interpuestos ayer ante la Sala Constitucional ascienden a 15 las acciones interpuestas en contra del decreto ejecutivo PCM-M-016-2009. En bloque acudieron siete abogados zelayistas a interponer cada uno sus respectivos amparos, y solicitan que sean admitidos con suspensión del acto reclamado.
Todos coinciden en que se violentan derechos constitucionales que deben ser restituidos.
"Esperamos que el órgano de justicia opere efectivamente", dijo el abogado zelayista Donato Elvir. Una de las demandas la interpusieron apoderados legales del Colegio Profesional Unión Magisterial de Honduras, quienes argumentan que el derecho de manifestación contemplado en el artículo 79 constitucional no puede ser suspendido.
Se prevé que hoy la Sala Constitucional resolverá las primeras acciones interpuestas.
El coordinador del Codeh y líder del movimiento zelayista, Andrés Pavón, acudió a la Secretaría de la Sala Constitucional a interponer el primer recurso de inconstitucionalidad del decreto PCM-M-016-2009. Argumenta que con la emisión de dicho decreto se violentan los artículos 1, 2, 64, 90 y 187 de la Constitución.
Ante esta primera acción, la Sala Constitucional deberá resolver si declara o no la inconstitucionalidad del dicho decreto.
* La cifra: 15 AMPAROS se han interpuesto contra el decreto del estado de sitio, otro de inconstitucionalidad se presentó ante la Sala Constitucional.
Hábeas para periodistas
Ante la Secretaría de la Sala Constitucional de la Corte Suprema se interpuso un recurso de hábeas corpus o exhibición personal a favor de dos periodistas guatemaltecos. La garantía constitucional la interpuso la abogada Lourdes Marleny Cruz a favor de Alberto Cardona y Rony Sánchez y contra las actuaciones de autoridades del Ejecutivo, Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Ambos periodistas laboran para Guatevisión.
Se denuncia que fueron golpeados, requerido su equipo y sometidos a vejámenes por parte de agentes del Estado.
El recurso fue admitido y se nombró al defensor público Luis Manuel Rosales para que desempeñe las funciones de juez ejecutor y verifique esta denuncia.