Honduras
La población rechazó el estado de sitio que impuso el fin de semana el gobierno de Roberto Micheletti y ayer mismo se anunció que la medida se suprimiría en el término de una semana. Micheletti manifestó ayer estar dispuesto a derogar ese decreto.
Pero antes de eso, dijo Micheletti, el Poder Ejecutivo pedirá una opinión a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y al Tribunal Supremo Electoral (TSE).
En primer lugar, la Corte estudiará si la suspensión de algunas garantías constitucionales tiene asidero legal en la Constitución de la República. Y, segundo, se cree que un estado de sitio afectaría al proceso electoral del próximo 29 de noviembre.
El fin de semana el gobierno suspendió al menos cinco garantías constitucionales, luego de que el ex presidente Manuel Zelaya reiterara llamados a sus seguidores a la insurrección y, particularmente, a librar la "lucha final".
Zelaya permanece en la sede diplomática de Brasil desde hace ocho días.
La supresión de las garantías fue aprobada en Consejo de Ministros mediante decreto ejecutivo PCM-M-016-2009, publicado el sábado 26 de septiembre en el diario oficial La Gaceta.
El gobierno invocó temor de perturbación grave de la paz para aprobar ese decreto.
"Sería a través de un Consejo de Ministros que se suprimiría el decreto", apuntó Micheletti cuando amplió sobre el procedimiento que se usaría. "Pido disculpas a Honduras y al mundo, pero (el decreto) era necesario por el llamado de Zelaya a la insurrección", argumentó el presidente.
Los sectores opinan
El presidente del Congreso Nacional, José Alfredo Saavedra, fue el encargado de llevar el mensaje al mandatario de la República.
En horas de la mañana la población en general, el sector empresarial y los medios de comunicación mostraron su inconformidad con las medidas adoptadas.
"Venimos a proponer un espacio de diálogo, esta es una buena oportunidad para que se impulse el diálogo nacional", manifestó Saavedra.
Es por eso, siguió, que "hemos solicitado, de manera respetuosa, que se derogue ese decreto".
Saavedra llegó acompañado por el presidente del colectivo de la Democracia Cristiana, Ramón Velásquez Názar, el subjefe de bancada del Partido Nacional, Antonio Rivera Callejas, y el diputado Ricardo Rodríguez.
El Partido Nacional, a través de su líder, Porfirio Lobo Sosa, dejó claro en horas de la mañana de ayer que los diputados nacionalistas no apoyarían la aprobación de ese decreto. El Congreso Nacional tiene la facultad constitucional de aprobar, improbar o modificar un decreto ejecutivo. "Medidas como esas deterioran aún más la imagen del país", sentenció Lobo Sosa, en referencia a la percepción que tiene la comunidad internacional respecto a la crisis política que atraviesa el país.
Por su lado, el diputado liberal José Azcona Bocock es de la opinión que no se deben restringir los derechos constitucionales justo cuando se está en medio de un proceso electoral. "Eso no crea un buen ambiente al proceso electoral".
David Matamoros Batson, magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), coincidió con lo expresado por el diputado, pues considera que empaña y le resta credibilidad al proceso electoral. "Se teme que afecte el proceso electoral y por eso se revisarán esas medidas", reiteró Micheletti.
El presidente del Consejo Permanente de la OEA, Pedro Oyarce, y el secretario general José Miguel Insulza declararon ayer desde Washington que "después de conocer las últimas decisiones sobre la vigencia de las garantías constitucionales en Honduras, se mantienen atentos a la evolución de la crisis política en ese país".
Las garantías suspendidas
El decreto ejecutivo establece: Quedan restringidas, por un plazo de 45 días... las garantías constitucionales contenidas en los artículos 69, 72,78, 81 y 84, las que se regularán por lo establecido en el presente decreto.
"Emitir publicaciones por cualquier medio de comunicación hablado, escrito o televisado, que ofendan la dignidad humana, a los funcionarios públicos, o atenten contra la ley y las resoluciones gubernamentales; o de cualquier modo atenten contra la paz y el orden público" están también prohibidos.
Además prohíbe "la libre circulación, la cual se restringirá conforme a los parámetros establecidos en los comunicados de prensa en cadena nacional... Toda reunión pública no autorizada por las autoridades policiales o militares".
Se ordenará "el desalojo de toda instalación pública que haya sido tomada por manifestantes o se encuentren personas en su interior realizando actividades prohibidas por la ley", entre las disposiciones más importantes.
­Repulsa general
Mientras tanto, en el Congreso Nacional se pronunciaron en contra de la restricción de los derechos de libre expresión, libre asociación y reunión, en un debate en el que la mayoría apeló a que el Poder Ejecutivo tome la decisión de derogar el polémico decreto. Los congresistas se refirieron a los artículos constitucionales que facultan al presidente y al Consejo de Secretarios de Estado para adoptar disposiciones de ese tipo, pero también a la facultad de los diputados para derogarlas. El presidente en Consejo de Ministros consideró que en este momento hay una situación de alteración grave de la paz y por eso ordenó la publicación de las medidas que restringen las libertades públicas, hecho que fue cuestionado por el Congreso Nacional en una acalorada sesión celebrada la tarde de ayer y parte de la noche.
Por primera vez, después de los sucesos del 28 de junio, el grupo de diputados declarados en "resistencia", incluyendo el candidato de la UD, César Ham, el ex secretario de Relaciones Exteriores, Edmundo Orellana, y varios liberales se presentó a sesiones para pronunciarse en contra del decreto, en el caso de que este hubiera sido conocido por el plenario, pero esto no ocurrió. El presidente del Legislativo, José Alfredo Saavedra, informó que Micheletti se comprometió a revisar el decreto, hacer las consultas pertinentes y derogarlo si es posible. Saavedra dio paso a una discusión sin estar en la agenda. Los parlamentarios que hicieron uso de la palabra invocaron el artículo 187, numeral 4, que establece que el Congreso conocerá de las medidas de restricción de garantías o suspensión de derechos "dentro de un plazo de 30 días para que las ratifique, modifique o impruebe".
Sin embargo, el diputado Rigoberto Chang Castillo ilustró que el párrafo dos del mismo artículo dice que en el caso de que el Congreso estuviere reunido, como en efecto se encuentra, como parte del período de sesiones ordinarias, "conocerá inmediatamente del decreto".
En ese sentido, Chang y varios congresistas demandaron a la junta directiva que introduzca al pleno el mencionado decreto ejecutivo para que el Congreso se pronuncie en los tres extremos, aprobar, improbar o modificar, hecho que no ocurrió anoche debido a que, se dijo, la mencionada disposición no había sido cursada como correspondencia a la secretaria del Poder Legislativo. La Constitución de la República dice que la restricción de garantías no podrá exceder de un plazo de 45 días por cada vez que se decrete.
Si antes de que venza el plazo señalado para la restricción hubiesen desaparecido las causas que motivaron el decreto, se hará cesar en sus efectos y en este caso todo ciudadano tiene el derecho de instar a su revisión. Vencido el plazo, automáticamente quedan restablecidas las garantías, salvo que se hubiera dictado nuevo decreto de restricción.
* Restricciones:
Libertad. Una de las restricciones que contempla el decreto ejecutivo es la libertad de las personas.
Medios. El control de la libre emisión del pensamiento ha sido una de las restricciones que mayor condena ha generado.
Límite. La ley impulsada por Micheletti limita el derecho de las personas a la libre reunión y asociación, siempre que sean contrarias al orden público.
Circulación. El derecho de las personas a la libre circulación también se ve limitado por el polémico decreto ejecutivo impulsado por Micheletti.
Retención. Con la nueva ley queda restringida la libertad de no poder ser retenido sin mandato escrito emitido por autoridad competente.
"Medios sí promovieron violencia y guerrilla"
Con las restricciones de algunas garantías constitucionales, varios medios de comunicación fueron cerrados, entre ellos canal 36 y Radio Globo, afines al ex presidente Manuel Zelaya. Consultado sobre si este era un abuso de parte del actual gobierno, Roberto Micheletti, presidente de la república, defendió que "sí, hay pruebas de que emisoras y canales estaban incitando a la violencia y guerrilla".
Micheletti confesó sentirse "sumamente preocupado, pero respetamos el deseo del pueblo", aclaró en referencia al clamor popular de retirar esas restricciones impuestas.
En el artículo tres del decreto ejecutivo se prohíbe "emitir publicación por cualquier medio de comunicación hablado, escrito o televisado, que ofendan la dignidad humana, a los funcionarios públicos, o atenten contra la ley y las resoluciones gubernamentales; o de cualquier modo atenten contra la paz y el orden...".