Honduras
El Juzgado Contencioso Administrativo le dio la oportunidad al ministro de la Presidencia, Enrique Flores Lanza, de defender canal 8, pero este la rechazó.
En comparecencias en medios de comunicación, Flores Lanza ha asegurado que el Juzgado Contencioso Administrativo en ningún momento notificó al gobierno sobre el proceso judicial del otorgamiento de la frecuencia del canal 8. Sin embargo las pruebas indican lo contrario.
El 29 de julio, la juez Rina Auxiliadora Alvarado libró una comunicación al ministerio de la Presidencia, en la que informa sobre las diligencias evacuadas sobre este caso.
En la comunicación, el Juzgado le pidió a Flores Lanza que informe o certifique si previo a la solicitud de otorgamiento de la frecuencia de canal 8 de televisión presentada por su despacho a favor del Estado, Conatel dio conocimiento al Poder Ejecutivo que dicha frecuencia era objeto de litigio por parte de Teleunsa.
“Al momento de la solicitud el suscrito no ejercía el cargo de Secretario de Estado en el Despacho Presidencial, pero revisando la documentación enviada a esta Secretaría de Estado no aparece ninguna comunicación de Conatel en ese sentido, quien además, en el caso de existir un litigio pendiente sobre la frecuencia de canal 8, no tenía la obligación de comunicarle a esta Secretaría, ya que de haber algún conflicto el mismo debía resolverse a través de peticiones de las partes interesadas”, respondió Flores Lanza al Juzgado, el pasado 6 de agosto.
En esta fecha Flores Lanza afirmó no ser parte interesada, a pesar que la frecuencia la solicitó el Ministerio de la Presidencia.
Aparte, Conatel sí hizo uso del derecho de defensa.
Dejó caducar el tiempo
El apoderado de Teleunsa, Jorge Calderón, expuso que Flores Lanza dejó pasar el tiempo para defender la frecuencia.
“En la respuesta que el ministro Flores Lanza le da al Juzgado Contencioso está renunciando al derecho que ahora reclama comparecer en juicio”, manifestó.
Esta respuesta la da el 6 de agosto, desde esa fecha el ministro tenía conocimiento que existía un litigio de esta frecuencia por lo que Flores Lanza, al igual que Rasel Tomé, dejó pasar el tiempo para interponer recursos ante la Corte.
“Según la Ley de Justicia Constitucional, el amparo que pudiera interponer en el plazo de dos meses comienza a correr una vez que el afectado tiene conocimiento del acto que le puede estar causando perjuicios, en este caso el ministro tuvo conocimiento desde el 6