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Empresas de cable deben cumplir sentencia judicial

La corte sentencia que no procede objetar el cumplimiento de una orden judicial por el hecho de existir contraórdenes administrativas emitidas por Conatel.
24.03.09 - Actualizado: 24.03.09 10:19pm - Redacción: diario@elheraldo.hn

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Tegucigalpa,

Honduras

Las compañías de televisión por cable deben incluir de forma exclusiva en su programación la frecuencia de canal 12 concedida por mandato judicial a la empresa Eldi, S. de R.L.

Lo anterior se resume en una resolución dictada por la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo, en la cual se confirma que la única empresa autorizada para operar la frecuencia de canal 12 es Eldi.

La Asociación Hondureña de Cable Televisión interpuso ante este órgano jurisdiccional un recurso de amparo por la sentencia que ordena incluir la frecuencia de canal 12 de Eldi en sus programaciones.

Justifica que Conatel emitió una resolución administrativa mediante el cual autoriza a otra compañía, Televisora de Honduras, para operar esta frecuencia.

En tal sentido, la Asociación considera que acatar la orden judicial librada implicaría contradecir la orden de Conatel, en cuanto a que la empresa que opera la frecuencia de canal 12 es Televisora de Honduras.

Ante la disyuntiva planteada por el apoderado de la Asociación de Cable referente a las dos disposiciones (la judicial y la administrativa) hay una interpretación judicial firme.

“El compareciente debe saber que en un Estado de Derecho en donde existe por mandato de la Carta Magna una jurisdicción de lo Contencioso Administrativo con facultades para revisar, anular y dictar medidas para el restablecimiento de una situación jurídica individualizada, sus decisiones tienen preeminencia sobre cualquier disposición administrativa que se le oponga”, cita la resolución.

Al existir una sentencia judicial firme a favor de Eldi “tiene y debe cumplirse obligatoriamente”, sentencia, sin que proceda una sanción por parte de Conatel.

“Al contrario, el incumplimiento de una disposición judicial conllevará la deducción de responsabilidades penales y administrativas, deja expedita la acción civil por daños y perjuicios”.

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La Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo ratificó que la empresa Eldi es la única que debe operar la frecuencia de canal 12.
La Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo ratificó que la empresa Eldi es la única que debe operar la frecuencia de canal 12.

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