Honduras
El Instituto Nacional de Estadística (INE) no está facultado para conducir encuestas con fines de derogar la Constitución de la República.
El INE se creó con fines de recoger estadísticas que sean útiles para el país como base para enfocar acciones en sectores como la economía y delincuencia, entre otros factores.
“El INE, sin embargo no es para efectos electorales, llámese a esto encuesta o consulta”, afirmó a EL HERALDO el reconocido abogado Humberto Palacios Moya.
Al final, con la irregular encuesta, se busca recopilar datos para llevarla al Congreso para que legitime la instalación de una “cuarta urna” en las elecciones generales de noviembre.
“Eso no tiene por qué hacerlo el INE, tiene que hacerlo el Tribunal Supremo Electoral (TSE) si acaso se lo piden los sectores interesados”, expresó.
Si no tuviera trascendencia más que para el Ejecutivo y la población no habría problema.“Desgraciadamente sirve de base para la instalación de una urna”, indicó el ex director de Fiscalías.
“Siempre he creído que esa consulta no cabe, se la hice ver a varios personeros del gobierno”, aseguró, sin revelar a quién le expuso su tesis jurídica. “No le encuentro ni pies ni cabeza a una consulta o una encuesta para efectos políticos”, expresó.
Sin supervisión
En el caso que no se suspenda la encuesta de junio, el INE no puede actuar sola.
No estaría vigilada por entidades como el TSE, Organización de Estados Americanos y la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
“El INE estaría solo, ¿quién va a vigilar las encuesta?, ¿quién va a vigilar la consulta?, dígame, nadie”, se respondió. Ni los partidos políticos vigilarían la encuesta, a pesar que la actividad tiene efectos políticos.
“No hay que perder esa perspectiva, no la va a vigilar nadie”, reiteró.
Juristas
El ministerio de la Presidencia ocultó por más de un mes el dictamen emitido por tres juristas en el cual se argumentaba la ilegalidad de la consulta o encuesta.
Los abogados Efraín Moncada Silva, Carlos Gómez Moreno y José María Palacios firman el dictamen enviado el pasado 16 de abril al ministro de la Presidencia, Enrique Flores Lanza.
El decreto PCM-005-2009 dispone realizar una consulta para que la ciudadanía se exprese si está de acuerdo o no con la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para crear una nueva Constitución.
En su dictamen, los juristas concluyen que “existe la posibilidad real de que el Ministerio Público pueda ejercer acción penal contra los funcionarios que emitieron el decreto PCM-005-2009, con la sola publicación de este, y los que proceden a su ejecución, atribuyéndoles el delito de abuso de autoridad”.
* Consenso: A juicio del Humberto Palacios Moya, el TSE es la entidad facultada para organizar procesos electorales y consultas populares.