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El agua, elevada a la categoría de derecho

Diputados avanzan en la aprobación de ley que declara el agua como elemento básico de la existencia
02.08.09 - Actualizado: 02.08.09 08:01pm - Redacción: redaccion@elheraldo.hn

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Tegucigalpa,

Honduras

Los diputados lograron un avance en la discusión y aprobación de la Ley de Aguas en las sesiones de la semana anterior.

Aprobaron las normas que establecen los principios y regulaciones aplicables a la gestión para la protección y conservación, valoraciones y aprovechamiento del recurso hídrico nacional, sus ecosistemas y recursos vinculados.

Esta ley, que establece que el agua es el elemento más importante para la existencia y el desarrollo de las actividades humanas, cuyo acceso está vinculado al desarrollo y bienestar de las personas, se encuentra en la agenda del Congreso desde el pasado mes de marzo.

En Honduras, el ordenamiento jurídico relativo al régimen general de aguas data de 1927, por lo que esta nueva legislación viene a adecuarlo a la realidad nacional y actualizarlo jurídicamente al área social, económica y ambiental de la nación. La Constitución de la República declara de utilidad y necesidad pública la explotación técnica y racional de los recursos naturales y, por su parte, la Ley de Ordenamiento Territorial determina un área de especial de intervención.

La nueva Ley de Aguas tiene como objetivos: establecer el marco de principios, alcances y objetivos de la gestión hídrica; determinar las condiciones del dominio legal del agua, espacios y recursos asociados; definir el marco de competencias, funciones y responsabilidades de la administración pública en la gestión de los recursos hídricos.

Además: establecer la normativa sobre la protección y conservación del recurso hídrico; crear las normas para el aprovechamiento del recurso hídrico y definir un marco sancionatorio.

Por otra parte, la ley establece que son del dominio público las aguas y sus espacios en lagos, lagunas, acuíferos subterráneos, plataformas marítimas, pantanos, espacios de apresamiento, espacios de cursos continuos como cauces de ríos, vaguadas, canales naturales, obras de infraestructura como represas, canales y acueductos.

Asimismo, las obras construidas por particulares para retener o movilizar aguas, tales como pozos, embalses, estanques, piscinas, canales, acueductos y otras de similar naturaleza, dentro de los suelos privados y para beneficio singular y particular, son propiedad privada; estas obras estarán sujetas a las regulaciones de construcción, operación y mantenimiento que imponga el titular respectivo y la normativa señalada en la ley.

* Normativa: A partir de esta ley, el agua adquiere la categoría de derecho humano y elemento esencial para el desarrollo de los pueblos.

CN ratifica Ley de Educación Ambiental

El Congreso Nacional concluyó la aprobación de la Ley de Educación y Comunicación Ambiental, cuyo decreto será turnado esta semana al Poder Ejecutivo para ser sancionado y publicado en el diario La Gaceta. Por medio de esta legislación, la Secretaría de Educación deberá incorporar en los currículos educativos de los niveles prebásico, básico, secundario y universitario la cátedra de educación y comunicación ambiental.

La ley será aplicada a nivel de las secretarías de Educación y de Recursos Naturales y Ambiente, pero también incorpora al sector privado, principalmente a los medios de comunicación masivos, para contribuir en las campañas de educación para la conservación del ambiente. La citada ley fue consensuada con más de cien organizaciones.

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El Congreso Nacional legisla actualmente sobre el manejo y aprovechamiento del recurso agua.
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