ElHeraldo.hn »  País
17 de 21 en País  «ANTERIOR   SIGUIENTE » 

Eliminación de dispensas no aplica a magistrados

Los diputados vía moción pueden reformar el proyecto, según el procedimiento parlamentario
05.03.10 - Actualizado: 05.03.10 11:57pm - Redacción: redaccion@elheraldo.hn

   Imprimir  Enviar

Tegucigalpa,

Honduras

A pesar de que el presidente del Poder Judicial, Jorge Avilez, ha mostrado buena voluntad para el sacrificio, el proyecto de ley que elimina las dispensas a los diputados para introducir dos vehículos sin el pago de impuestos no aplica a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia ni a la Presidencia de la República.

Así lo establece el proyecto de decreto, no obstante, la comisión de dictamen tiene la potestad de hacer las consultas tanto a la Corte Suprema de Justicia como a la Presidencia de la República, si estarían anuentes a renunciar a ese privilegio.

El decreto 250-2002 no solo otorga la dispensa a los diputados, sino también a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

El proyecto de decreto redactado por el diputado secretario del Congreso, Rigoberto Chang Castillo, dice en su exposición de motivos que Honduras enfrenta una crisis económica que requiere del sacrificio de todos.

"Creemos firmemente que los integrantes del Poder Legislativo debemos tomar medidas que aunque parezcan draconianas contra sus integrantes, al final se logrará aportar valiosos elementos para contribuir a combatir y disminuir la crisis financiera de nuestro país, agravada aún más, por las desavenencias de carácter político e ideológico.

Es tiempo que esta asamblea del pueblo dé un ejemplo a la nación adoptando medidas que sirvan de ejemplo para el pueblo hondureño.

El proyecto de decreto en su parte resolutiva dice:
"Artículo 1. Derogar el artículo 1 del decreto 250-2002 de fecha 17 de enero de 2002 y su reforma contenida en el decreto 352-2005 publicado en el diario oficial La Gaceta No. 30,907 de fecha 20 de enero de 2006, que contiene el otorgamiento a los diputados (as) al Congreso Nacional de dos (2) dispensas para importar dos (2) vehículos automotores libres del pago de impuesto arancelarios durante el desempeño de sus cargos en el período constitucional para el cual fueron electos.

Artículo 2. Queda vigente el artículo 2 del decreto 250-2002, de fecha 17 de enero de 2002, publicado en el diario oficial La Gaceta bajo el número 29,763 de fecha 23 de abril de 2002, el cual se leerá así:

Los señores magistrados de la Corte Suprema de Justicia gozan durante el período para el cual fueron electos de una dispensa para la introducción de un vehículo automotriz libre del pago de impuesto arancelarios comprendidos en el Sistema Arancelario Centroamericano, de la tasa del 10% contenida en el decreto 54 del 30 de abril de 1981 de la tasa del 5% de servicios administrativos y aduaneros establecidos en el decreto 85-84 del 24 de mayo de 1984, del pago del impuesto contenido en el literal g) del artículo 1 del decreto 3 de 26 de febrero de 1958, del Impuesto Selectivo al Consumo, de los derechos que corresponden en base al arancel consular, así como de cualquier otro tipo de impuesto o tasas establecidos en otras leyes; así como los vehículos que importa la Presidencia de la República para su uso, sin limitación alguna".

Ayer, el presidente del CN, Juan Orlando Hernández, volvió a insistir en la necesidad de adoptar esa medida como el inicio de otras decisiones que servirán para mejorar los ingresos del fisco.

Más noticias

ElHeraldo.hn »  País
17 de 21 en País  «ANTERIOR   SIGUIENTE » 

opciones de texto  « AGRANDAR  ACHICAR » 



El diputado Marlon Lara participó en el debate en el que también se discutió el tema de las dispensas.
El diputado Marlon Lara participó en el debate en el que también se discutió el tema de las dispensas.

NOTICIAS RELACIONADAS

» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 

TODOS LOS TITULOS DE ESTA SECCION

» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 
» 

   PUBLYNSA S.A. Todos los Derechos Reservados © 2012