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Confirman irregularidades en contrato de represa

La Fiscalía del Medio Ambiente prepara un planteamiento oficial a Soptravi, Congreso Nacional y Serna.
07.03.10 - Actualizado: 07.03.10 07:25pm - Redacción: redaccion@elheraldo.hn

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Tegucigalpa,

Honduras

El contrato de concesión para la operación y mantenimiento de la represa de Nacaome presenta vicios ligados al impacto ambiental.

La Fiscalía del Medio Ambiente inició el proceso de revisión del referido contrato, que les remitiera hace una semana el Congreso Nacional.

Un equipo de fiscales y técnicos comenzaron el estudio técnico legal del documento para confirmar posibles impactos ambientales, informó el fiscal especial del Medio Ambiente, Aldo Santos.

La Fiscalía ha detectado aspectos que dejan dudas en la transparencia del contrato, generan confusión y probabilidades "de un alto impacto o riesgo latente a los recursos naturales".

Irregularidades

En la Fiscalía llama la atención que una vez otorgado el contrato de concesión se autoriza la postergación, un año después, para la obtención de los permisos ambientales.

"Eso trastoca principios fundamentales que se adquirieron en la Cumbre de Río de Janeiro de prevenir y el principio precautorio de impactos ambientales", manifestó. La Ley General del Ambiente establece que antes de llevar a cabo un proyecto ambiental debe contar con un estudio y no hasta después.

La Fiscalía encuentra mucha complacencia en el contrato, a favor del concesionario. "Le deja a su arbitrio elaborar obras físicas en el sitio, mejoras, ampliación de instalaciones, cuando esto, obviamente, implica impacto ambiental", enfatizó el fiscal.

Es decir que si se eleva la cortina de la represa de 120 metros sobre el nivel del mar a 137, el área inundable y la caída de agua va a ser mayor, consideró.

Asimismo, considera importante destacar que existe una Ley de Reactivación de Energía Hidroeléctrica, creada en 2007, en la cual se determina que todos los proyectos hasta 3 megavatios se enmarcan dentro de la categoría uno.

"Sin embargo, cuando leemos el contrato todo indica la conformación de equipos técnicos, de estudios, que se exigen a los proyectos categorías 3.2, no hay una congruencia entre lo que la ley especial estableció más lo que el contrato de concesión deja entrever", manifestó.

La referida ley indica que todo proyecto hidroeléctrico que no pase de 3 megavatios no requiere licencia ambiental, solo una autorización. "Siento que hubo manejo no muy claro del tema ambiental", añadió.

Otro elemento que destaca la Fiscalía es que el Estado se asegura la toma de agua para uso de poblaciones hasta después de que el líquido salga de las turbinas.

La Ley del Ambiente y tratados internacionales establecen que, para todo Estado, es prioridad el agua de consumo.

"No puede ser que el Estado tome el agua después de las turbinas para disponerla, cuando a nuestro juicio y óptica de los técnicos la toma de agua debe ser antes de que esta ingrese a los procesos de maquinaria de la represa", expuso.

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El acceso al agua debe estar garantizado para las poblaciones de las áreas cercanas o río abajo de la represa.
El acceso al agua debe estar garantizado para las poblaciones de las áreas cercanas o río abajo de la represa.

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