Honduras
El Congreso Nacional inició ayer la discusión de las reformas a las leyes que tienen que ver con el abandono de vehículos automotores en los garajes de la Dirección Nacional de Tránsito y con el decomiso de bienes al crimen organizado.
Las dos iniciativas tienen como objetivo la subasta o asignación de los mismos para las instituciones del sector justicia que trabajan en la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico.
Funcionarios de la Dirección Nacional de Tránsito (DNT), de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) y de las dependencias que tienen que ver con los procesos de reasignación de estos bienes comparecieron ayer ante el pleno legislativo para explicar los procedimientos que se seguirán al respecto.
Una de estas iniciativas surgió como producto de la investigación de EL
HERALDO, medio de comunicación que denunció en exclusiva el abandono de aeronaves y otros bienes que corren el riesgo de deteriorarse.
Según la investigación publicada en noviembre de 2009, al menos seis avionetas y un avión carguero están en los predios de la Fuerza Aérea, a la espera de su asignación.
Producto de la investigación, las autoridades prometieron acelerar los trámites, sin embargo, en una nueva visita efectuada el 11 de febrero de este año, se detectó que había una sospechosa negligencia en la asignación o declaración de abandono de estos bienes.
La denuncia fue suficiente para que el Congreso Nacional decidiera aprobar la Ley sobre la Privación Definitiva del Dominio de Bienes.
Esta legislación, cuyo dictamen está por ser entregado a la junta directiva, está compuesto por 63 artículos que desarrollan toda una normativa para hacer más viable el desapoderamiento de bienes, productos, instrumentos o recursos derivados u obtenidos en contravención con la ley.
También tiene como finalidad la aplicación de las disposiciones contenidas en las convenciones internacionales suscritas y ratificadas por Honduras en materia de lucha contra la criminalidad a los derechos fundamentales.
La ley en referencia regulará la identificación, localización, recuperación, aseguramiento de bienes o activos y la privación definitiva del derecho de dominio de los bienes, productos o instrumentos de origen o procedencia ilícita.
También regulará los mecanismos legales que han de permitir el ejercicio de los derechos de las personas que se consideren afectadas con determinado decomiso o incautación.
Esta ley crea el Fondo Especial para la Prevención y Represión del Delito y Lucha contra la Criminalidad Organizada. Faculta a la OABI a arrendar o celebrar otros contratos que mantengan la productividad y valor de los bienes o aseguren su uso a favor del Estado.
Los rendimientos obtenidos serán distribuidos conforme a una tabla que establece la ley así:
Hasta un treinta por ciento (30%) para las unidades que trabajan en la lucha contra la criminalidad organizada que sean dependencias de la Secretaría de Seguridad, Defensa, Ministerio Público y la Comisión Nacional de Banca y Seguros. Hasta un diez por ciento (10%) para el mantenimiento de la OABI.
Hasta un cinco por ciento (5%) para las instituciones que trabajan en la prevención del delito y rehabilitación de las personas privadas de libertad.
Un cinco por ciento (5%) para el programa de protección de testigos; un 5% para las personas que aporten pruebas; 15% a las alcaldías donde se encuentren los bienes objeto de privación y 5% para los centros de prevención que maneja la Secretaría de Salud.
Vehículos abandonados
La reforma relacionada con los vehículos abandonados en los predios de la DNT surge con el fin de disponer de los vehículos en abandono y de los vehículos en decomiso administrativo dispuesto por la Dirección General de Tránsito, producto de la participación en accidentes.
Según la iniciativa de ley, el abandono de vehículos particulares también se produce en ocasión de actividades institucionales propias del Ministerio Público y del Poder Judicial, en circunstancias similares a las señaladas anteriormente, por lo que se requiere la necesidad de regular también el destino de tales automotores para darles el uso respectivo asignándolos a las instituciones públicas que lo necesiten o en su caso los vehículos inservibles se sometan a subasta pública, y de esta manera evitar que los mismos se sigan deteriorando.