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Maniatados por falta de vigencia del presupuesto

El Congreso emitirá un voto de censura a los funcionarios que incumplan su liquidación trimestral del presupuesto.
11.04.10 - Actualizado: 11.04.10 10:28pm - Redacción: redaccion@elheraldo.hn

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Tegucigalpa,

Honduras

El Congreso Nacional envió para su publicación en el diario La Gaceta el decreto ley que contiene el presupuesto de ingresos y egresos de la nación del presente ejercicio fiscal.

Dicha ley no necesita ser sancionada por el Poder Ejecutivo, por tanto la misma fue remitida directamente a la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG).

Una comisión integrada por los diputados Oswaldo Ramos Soto, German Leitzelar, Héctor Guillén, José Francisco Rivera, Rigoberto Chang Castillo y personal de la Secretaría Adjunta revisó el decreto aprobado el 27 de marzo y el viernes lo mandó a publicar en el diario La Gaceta.

En tanto, los decretos de Emergencia Fiscal y la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos están pendiente de revisión, pero a más tardar el jueves de esta semana serán enviados al Poder Ejecutivo para su sanción.

Ministros maniatados

La no vigencia del presupuesto mantiene semiparalizadas a ciertas dependencias del Estado, especialmente aquellas donde los políticos intentan cesantear personal para nombras al activismo político.

Muchos ministros se encuentran "maniatados" porque no pueden disponer de presupuesto para nombrar personal.

El presupuesto de este año es de 122,000 millones de lempiras y contiene disposiciones que impiden que los altos funcionarios puedan hacer despidos masivos de personal por acuerdo y que están regidos por la Ley de Servicio Civil, solo aquellos que laboran por contrato de manera temporal.

Dependencias como Soptravi, Gobernación y Justicia, Agricultura y Ganadería y Salud, entre otras, son las que cargan con masa laboral por contrato.

A partir de este año, todas las instituciones del sector público central, desconcentrado y descentralizado, deberán remitir a la Secretaría de Finanzas los informes trimestrales sobre su respectiva ejecución física y financiera del Plan Operativo Anual y del Presupuesto, dentro de los quince (15) días al vencimiento de cada trimestre.

Los informes deben ser detallados en forma territorial, ya sea a nivel departamental y municipal, de acuerdo al proyecto o programa de que se trate.

En adición a la información relativa a la ejecución física y financiera, se deberá desarrollar un capítulo referido a los logros cualitativos y los impactos en las metas sectoriales, institucionales y de la ERP.

A su vez, la Secretaría de Finanzas, deberá remitir los informes al Congreso Nacional a más tardar quince (15) días después de recibidos.

Simultáneamente remitirá copia de los informes a las Comisiones Legislativas Ordinarias de Presupuesto I y II y a los jefes de cada una de las bancadas del Congreso Nacional y publicará los mismos en el portal de Internet de la Sefin.

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