Honduras
Tres contratos de operación para la generación de potencia y energía eléctrica y su correspondiente contrata de aprovechamiento de aguas nacionales fueron aprobados ayer por el Congreso en medio de una polémica entre diputados que demandaron explicaciones sobre estos concesionamientos.
Producirán 23 megas
Las minicentrales hidroeléctricas generarán en su conjunto 23.6 megavatios de potencia eléctrica y estarán ubicadas, una en San Esteban, Olancho; la otra en El Paraíso, Copán y una tercera en Jesús de Otoro, La Esperanza, Intibucá.
Las tres han suscrito con el Estado de Honduras un contrato por 30 años, según los decretos aprobados por los diputados.
Uno de las plantas de generación será operada por la empresa Hidroeléctrica Energía Blu, SA de CV, cuyo proyecto está ubicado sobre el río San Martín, aldea San Martín, San Esteban, Olancho.
Con el nombre de proyecto Hidroeléctrico El Sueño II, esta generadora tendrá una capacidad instalada de 12,170 kilovatios.
Esta compañía pagará un canon anual los primeros 15 años de 1.217 dólares, equivalente a 0.10 centavos de dólar por kilovatio instalado y de los 16 años en adelante 2,434 dólares, equivalente a 0.20 centavos de dólar por kilovatio instalado.
De acuerdo con la Ley marco del Sub Sector Eléctrico, se le otorgó un plazo de 24 meses para cumplir y poner en servicio las instalaciones.
Un segundo contrato lo suscribe el Estado de Honduras con la empresa Proveedores internacionales SA (Prointer).
El proyecto Hidroeléctrico Las Ventanas está ubicado en río Uluita, Jesús de Otoro, La Esperanza, con una capacidad instalada de 6,918 kilovatios (6.9 megas).
De acuerdo con el contrato, esta empresa pagará un canon anual de 691 dólares por aprovechamiento de aguas en los primeros 15 años y 1,383 dólares de los 16 años en adelante.
También se le fija un plazo de 24 meses para poner en servicio sus operaciones. El tercer proyecto Central Hidroléctrica La Morja será operado por la Empresa Hidroeléctrica Ingeniería Técnica SA de CV y está ubicado en el río Morja, El Paraíso, Copán, con una capacidad instalada de 600 kilovatios (6 megas).
Según el artículo 68 de la Ley General de Aguas (Decreto 137-27), todo lo que obtenga concesión para utilizar las aguas del dominio del Estado, por medio de instalaciones hidráulicas, debe pagar al Estado un impuesto anual no menor de dos lempiras por caballo de fuerza.
En ese sentido, esta empresa pagará un canon de 1,608 lempiras anuales en su primera etapa y 10,723 lempiras anuales en su segunda etapa para un total de 12,332.44 lempiras.