Honduras
A partir del próximo año, los bancos y las demás entidades financieras estarán obligadas a publicar en todos los medios escritos de comunicación sus balances e informes financieros, al cierre de cada ejercicio.
Actualmente, solo publican esos balaces en un determinado medio de comunicación, por lo que el Congreso Nacional reformó la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) en su artículo 32, párrafo primero.
Con la modificación, el artículo 32 quedó redactado de la siguiente manera: “las instituciones supervisadas estarán obligadas a publicar de conformidad con las normas establecidas por la Comisión, los balances y estados de pérdidas y ganancias al cierre de cada ejercicio con sus respectivas notas complementarias y dictamen de auditor Externo”.
Las publicaciones deberán efectuarse en todos los medios de circulación de prensa escrita diaria que existan y que estén debidamente autorizados en el país.