Honduras
El juez penalista Claudio Aguilar definirá hoy la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la ProcuradurÃa General de la República (PGR) sobre los juicios contra Manuel Zelaya.
Recientemente Aguilar se inhibió de conocer las dos causas incoadas contra el ex mandatario, en respuesta a la petición de nulidad de las acusaciones solicitada por los defensores públicos. Estos defensores fueron nombrados a petición de la PGR, quien se personó en el proceso.
Ahora la PGR está inconforme con las resoluciones emitidas por Aguilar, desde el pasado 14 de diciembre cuando aceptó que la representante legal del Estado formara parte en los procesos judiciales.
Su inconformidad radica en que si el juez Aguilar no es competente para llevar el caso de Zelaya, debió anular las resoluciones que dictó, aceptar el personamiento de la PGR y el nombramiento de defensores públicos.
"Al señor juez, con sumo respeto, pedimos: admitir el presente escrito, darle el trámite que procede conforme a derecho, para que la Corte de Apelaciones resuelva a su vez, declarar con lugar el presente Recurso de Apelación, reformar el auto de fecha 7 de enero de 2011 dictado por el juez de Letras Penal en el único sentido de que también se anulen las actuaciones realizadas por este juzgado desde el auto en el que se tiene por personada la PGR, el nombramiento de defensores públicos, el escrito de solicitud de nulidad presentado por ellos y demás actuaciones posteriores a la juramentación del imputado como diputado al Parlacen", cita el escrito presentado el pasado miércoles.
EL HERALDO obtuvo información referida a que el juez admitirá la apelación, para dar el trámite respectivo.
Proceso en la apelación
Según el Código Procesal Penal, tras admitir el recurso el juez concederá a la otra parte, la defensa, el término de tres dÃas hábiles para que conteste agravios.
Al dÃa hábil siguiente a la última notificación de contestación de agravios, el juez remitirá el expediente a la Corte de Apelaciones. Luego se emplazará a las partes a efecto que se personen ante dicho tribunal de alzada, quien deberá dictar resolución dentro de los cinco dÃas siguientes de enviados los antecedentes del Juzgado Penal.
La Corte de Apelaciones podrá modificar, confirmar o revocar lo resuelto por Aguilar.
A la FiscalÃa contra la Corrupción lo que le interesa es que se conozca el fondo de los procesos judiciales, referido al inicio de las audiencias de declaración de imputado, inicial, preliminar y los debates del juicio oral y público. Dichos procesos inician con la presentación de Zelaya en los tribunales, sin embargo el ex mandatario ha dicho que desconoce esta instancia judicial y más bien ha pedido que cesen esos requerimientos.