Honduras
Las instituciones del Estado de Honduras siguen teniendo la complacencia del Instituto de Acceso a la Información Pública para violar la Ley de Transparencia.
Una de esas entidades es Casa Presidencial, pues su portal de Transparencia no reúne los requisitos establecidos en la norma para difundir la información de oficio como indica en su artículo 13.
Uno de los incumplimiento es porque la nómina de sueldos y salarios que publica Casa Presidencial solo reporta sueldos netos y no consigna las deducciones, como debería según los lineamientos para uniformar portales que fijó el IAIP.
El IAIP sancionó a 18 entidades gubernamentales por transgredir el artículo 13 de la Ley de Transparencia, pero perdonó a otras que siguen sin realizar la disposición.
La tabla de viáticos de Presidencial está publicada sin precisar los montos que se asignan por área geográfica que se visita. La magistrada del IAIP, Gilma Agurcia, dijo que las instituciones no pueden ser sancionadas por violar parcialmente la ley.
"El monitoreo abarca toda la información de oficio, o sea, el artículo 13 establece 19 literales, pero no establece una sanción por el incumplimiento de una de las obligaciones".
Por increíble que parezca, con esta justificación lo que el IAIP pretende explicar es que se permiten las violaciones parciales a la ley y solo se aplicarán sanciones cuando exista una violación absoluta de las disposiciones.
Si este pensamiento se aplicara en otras normativas, como la Constitución o los códigos vigentes, sería imposible aplicar una sanción a un solo ciudadano.