Honduras
En un dictamen, el Ministerio Público (MP) externó su posición a que no se declare la inconstitucionalidad de un decreto que confisca la frecuencia de canal 8 de televisión.
En diciembre, los apoderados de Teleunsa interpusieron un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto legislativo No. 161-2010, que expropia la frecuencia de canal 8 a esta empresa.
Para emitir su sentencia la Sala Constitucional recibió los antecedentes del Congreso Nacional y pidió al MP emitir una opinión ilustrativa.
El MP ya emitió su dictamen en el sentido que "el más alto tribunal de justicia declare no a lugar el presente recurso de inconstitucionalidad que por vía de acción se promueve contra el decreto legislativo 161-2010".
Entre sus argumentos el MP expone que el CN tiene atribuciones que le confiere la Constitución ya que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de propiedad exclusiva del Estado. Por lo tanto puede disponer de las frecuencias.
Que la migración de la frecuencia se hizo en base a las atribuciones de Conatel y que un servicio público de las telecomunicaciones tiene preminencia sobre el de tipo privado.
Que la garantía de la propiedad privada está limitada a un interés público. El CN confiscó la frecuencia de canal 8 a pesar de que sobre ésta hay una sentencia firme y que existían otras libres.