Honduras
El exministro de la Presidencia, Enrique Flores Lanza, deberá responder hoy ante los tribunales por una tercera acusación de actos de corrupción.
A las 9:30 de la mañana fue citado por la juez María Dolores López para que comparezca a la audiencia de declaración de imputado.
López conoce la acusación incoada por la Fiscalía contra la Corrupción por el denominado "carretillazo".
Por este caso, la Fiscalía supone que Flores Lanza incurrió en el delito de malversación de caudales públicos por la suma de diez millones de lempiras, presuntamente sustraídos en efectivo de las bóvedas del Banco Central de Honduras.
En la audiencia de declaración de imputado, la juez le informará a Flores Lanza de la acusación y le preguntará si desea rendir una declaración.
Luego resolverá si le amplía medidas cautelares, posiblemente arresto domiciliario y el pago de una fianza. Asimismo, fijará fecha para la celebración de la audiencia inicial, cuando se resolverá si al encausado le dictan un auto de prisión o un sobreseimiento.
El Frente Nacional de Resistencia Popular convocó a una movilización para ejercer medidas de presión frente al Juzgado Penal. La Fiscalía contra la Corrupción interpuso cuatro acusaciones contra Flores Lanza por el despilfarro de 107 millones de lempiras.
Aceptaron medidas
En dos primeras audiencias de declaración de imputado, el juez Claudio Aguilar resolvió el pasado miércoles dictar medidas cautelares a Flores Lanza.
En las causas instruidas por fraude y falsificación de documentos públicos, por el despilfarro de 57 millones de lempiras del FHIS y Presidencial, se le dictó arresto domiciliario y una fianza de 27 millones de lempiras.
EL HERALDO conoció interioridades de la audiencia de declaración de imputado.
En la audiencia, la Fiscalía contra la Corrupción solicitó la medida de detención judicial y que Flores Lanza fuera enviado a la Penitenciaría Nacional (PN).
Por su lado, la defensa pidió que se defendiera en libertad. Tras resolver el arresto domiciliario y el pago de la fianza, medidas menos gravosas que las planteadas por la Fiscalía; la defensa comunicó la imposibilidad de pagar dicha suma de dinero. Fue entonces que la Fiscalía reiteró su posición de que si no puede pagar, el imputado fuera enviado a la PN.
Antes de que el juez accediera a tal petición, la defensa y el imputado expusieron la posibilidad de pagar la fianza y prefirieron las medidas cautelares dictadas. De no pagar la fianza en 30 días, Flores Lanza irá a la PN.
La fianza y el arresto domiciliario están estipuladas en el Código Procesal Penal, el juez está facultado a dictarlas.
Por lo tanto no violenta el Acuerdo Cartagena, que en su primer inciso establece "Enmarcar todas las acciones y decisiones del gobierno de Honduras en el estricto cumplimiento de la Constitución y la ley".