Honduras
El presidente Manuel Zelaya dijo hoy que la cuarta urna "va y nadie la detiene", luego que el Ministerio Público calificara el decreto ejecutivo como fáctico, ilegal e inconstitucional.
El gobernante, quien se encuentra en Nicaragua en la cumbre del SICA, dijo que el Ministerio Público no es un órgano político y, por lo tanto, no puede opinar sobre un tema político.
Si el MP tiene algún argumento respecto a la cuarta urna, "que proceda en los tribunales de justicia", dijo el mandatario.
¿Por qué el temor a consultarle al pueblo?, preguntó. "Dejen que el pueblo opine", respondió.
El presidente aseguró que no tiene intenciones de continuar en el poder. Zelaya deberá entregar su gestión el 27 de enero de 2010 a su sucesor, quien resultará de los comicios de noviembre próximo.
Pronunciamiento del Ministerio Público
El Ministerio Público (MP) declaró que la consulta popular para instalar una cuarta urna para decidir sobre la convocatoria a una asamblea nacional constituyente es un decreto fáctico, ilegal e inconstitucional.
En un pronunciamiento emitido este miércoles, el MP advirtió a los funcionarios del gobierno que promueven la medida que se exponen a ser objetos de investigación penal y requerimiento fiscal.
Además, el documento establece que el único órgano autorizado para convocar consultas u opiniones es el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
El pronunciamiento fue leído por el fiscal general Luis Rubí, en una conferencia de prensa a la que también asistieron el fiscal adjunto, Roy Urtecho, la directora de Fiscalías, Danelia Ferrera, el subdirector de Fiscalías, Juan Rafael Soto, y el fiscal especial contra la Corrupción, Henry Salgado, entre otros.
En el documento, advierten que la decisión tomada por el Poder Ejecutivo puede llevar al país a una confrontación social que conduciría a la inestabilidad política y económica.
También, dice, provocaría una reacción popular en defensa del orden constitucional, donde algunos ciudadanos invocarían que se cumpla la Constitución de la República de Honduras.
"La Constitución ni la Ley Electoral conceden al presidente la facultad de practicar ninguna acción de consulta electoral, pues esta solo puede efectuarse en el marco de la ley del Tribunal Supremo Electoral (TSE)", dicta el comunicado.
Además, previene a los funcionarios que se involucren en las acciones ejecutadas para la consulta popular o reforma de la Constitución podrían incurrir en un delito y se exponen a ser objeto de investigación penal y requerimiento fiscal.