Honduras
Por haber dictado arresto domiciliario a Hernán Jacobo Lagos fue recusado ante la Corte de Apelaciones el juez Claudio Aguilar.
En la resolución del caso, el funcionario judicial, además emitió que si Lagos deseaba cambiar el arresto domiciliario por medidas sustitutivas tenÃa que pagar una fianza de un millón de lempiras, lo cual hizo a los pocos dÃas de haber obtenido la resolución.
La recusación fue interpuesta por Jaime RodrÃguez, abogado defensor del ex funcionario de Casa Presidencial.
Jacobo Lagos es acusado de abuso de autoridad y uso de documentos públicos falsos, al haber utilizado copias de decretos ejecutivos con contenidos falsos, según el requerimiento presentado por el Ministerio Público.
A criterio del representante de Lagos, el juez Aguilar tuvo un trato preferencial con la también acusada por los mismos delitos Rebeca Santos, a quien le otorgó medidas sustitutivas y su defendido tuvo que pagar una millonaria fianza.
RodrÃguez cuestiona en su recusación que el juez ha dado un "trato desigual, un trato preferencial a una dama que también está siendo procesada por el mismo juicio, fue evidente un sesgo, un trato preferencial, este ha sido el motivo que nos ha orillado a esta decisión".
TodavÃa se desconoce la fecha en que se resolverá la recusación debido a la carga de expedientes, aunque la ley estipula que son tres dÃas para resolver cada recurso.
Antecedentes
Según la FiscalÃa Especial contra la Corrupción, Jacobo Lagos no participó en el Consejo de Ministros donde se aprobó el decreto ejecutivo 001- A-2009, en el que se autoriza pagar la cantidad de 27 millones de lempiras en publicidad para la cuarta urna, declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia.
"Los trámites de dichos pagos los gestionaba directamente el señor Hernán Jacobo Lagos Paredes en carácter de ministro del staff presidencial... ordenaba directamente proceder a realizar los pagos de manera inmediata", especifica la acusación a través de las declaraciones de dos testigos.
En el requerimiento se explica que el funcionario estaba obligado a conocer las condiciones en las que se debió declarar un estado de emergencia para emitir un decreto lo cual no sucedió y, al contrario, gestionó de manera personal cada uno de los pagos a los medios de comunicación beneficiarios.