Honduras
Ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se interpuso un recurso de inconstitucionalidad en contra del tercer párrafo del artÃculo 181 del Código Procesal Penal, para evitar que jueces dejen libres a peligrosos delincuentes.
La normativa expone que la medida cautelar de prisión preventiva dura un año, dos años si la pena del delito imputado supera los seis años de cárcel.
En este último caso, la CSJ podrá ampliar el plazo de la prisión preventiva de dos años a seis meses más, para que en el juicio se puedan presentar pruebas.
En la práctica, los acusados por delitos graves, como secuestro, al cumplir dos años de prisión preventiva el juez se ve obligado a ponerlos en libertad. Se interpuso la inconstitucionalidad en contra de la atribución que tiene el pleno de la CSJ, debe ser el juez penal o de sentencia el que tenga esta facultad de ampliar a seis meses la prisión preventiva.
De esta forma no estaremos teniendo personas puestas en libertad innecesariamente, dijo el abogado Roberto Carlos Guzmán. Igualmente, justifica que si la CSJ deniega ampliar el plazo de seis meses, el MP o el acusador privado no tiene la oportunidad de interponer recurso alguno.