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21 años de cárcel para asesinos de abogado Díaz

Fiscalía pedía la pena máxima de 30 años. Defensa anuncia casación
19.03.09 - Actualizado: 19.03.09 11:02pm - Redacción: diario@elheraldo.hn

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Tegucigalpa,

Honduras

El Tribunal de Sentencia, de Francisco Morazán, oficializó ayer la pena a imponer a los dos asesinos materiales del abogado Dionisio Díaz García.

En la audiencia de individualización de la pena los tres jueces acordaron, por unanimidad, imponer 21 años de prisión a Ramón Eusebio Solís Zelaya y 20 años y 6 meses de reclusión a César Daniel Estrada Amador.

Ambos fueron acusados por la Fiscalía de Derechos Humanos por el delito de asesinato en perjuicio de Dionisio Díaz, conocido como el “abogado de los pobres”.

La lectura de la condena fue resuelta por los jueces Mario Díaz, Emily Page y José Dimas Echenique, quienes integran la Sala Dos del Tribunal de Sentencia.

La declaratoria de culpabilidad la resolvió este Tribunal el pasado 27 de febrero y fue hasta ayer cuando individualizó la pena a cada uno de los encausados.

Tanto Solís, un ex guardia de seguridad privada y Amador, un ex agente de la Dirección General de Investigación Criminal, no participaron en la audiencia para imponerles la pena, ya que ambos se encuentran recluidos en la Penitenciaría Nacional, de Támara.

El delito de asesinato es penado de 20 a 30 años de reclusión.

Hechos

Dionisio Díaz fue asesinado el cuatro de diciembre de 2006, mientras conducía su vehículo frente a la Teletón, en el bulevar Fuerzas Armadas, de la capital.

El asesinato aconteció entre las 10:00 y 10:30 de la mañana. Tras una investigación, la Fiscalía de Derechos Humanos interpuso un requerimiento fiscal en contra de Solís y Amador, imputándoles el delito de asesinato.

En el transcurso de los cuatro días en que se evacuaron las audiencias de debate del juicio oral y público la Fiscalía presentó pruebas documentales, periciales, testificales, inspecciones y una reconstrucción de hechos.

Las pruebas inculparon la responsabilidad de Solís y Amador como los autores materiales del asesinato de Dionisio Díaz.

Fue precisamente la versión de un testigo protegido que vio el crimen, quien fue la pieza fundamental en la carga probatoria.

Se determinó que al momento del crimen, Amador conducía una motocicleta en la que llevaba como pasajero a Solís, ambos sin casco, este último fue quien disparó en varias ocasiones a Díaz hasta provocarle la muerte. Ambos tomaron el carril contrario y huir rumbo a la salida a Danlí.

“El Tribunal de Sentencia consideró que toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público gozaba de toda la credibilidad necesaria.

Una muerte de esta naturaleza es vil, baja, con alevosía, premeditación y planificado de antemano”, expresó el juez Díaz. Aunque Amador no disparó si se le condena por asesinato porque contribuyó a que el crimen se produjera.

El Tribunal determinó diferenciar la pena para los dos condenados por la pruebas presentadas por la Fiscalía, quien no acreditó suficientes elementos de peligrosidad para imponer la pena máxima.

La defensa de los condenados estuvo representada por Marcelino Vargas y Olga Irías.

A juicio de Irías existe una injusticia y la defensa interpondrá un recurso de casación contra la sentencia producida, dijo Irías.

El fiscal de Derechos Humanos, German Enamorado, dijo que se valorarán los argumentos del Tribunal para imponer la pena para determinar si también interponen una casación, ya que la pretensión de la Fiscalía era que se impusiera la pena máxima.

Las partes tienen una plazo de 20 días, una vez notificados, para que interpongan sus recursos de casación.

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César Amador fue condenado por un tribunal a 20 años y 6 meses de reclusión, y Ramón Solís a 21 años de cárcel.
César Amador fue condenado por un tribunal a 20 años y 6 meses de reclusión, y Ramón Solís a 21 años de cárcel.

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