Honduras
La Fiscalía contra la Corrupción impugnó el sobreseimiento definitivo otorgado por el Juzgado Penal a favor de Rixi Moncada y Arístides Mejía.
El pasado viernes, el juez Mario Ríos dictó la medida a favor de los dos ex funcionarios zelayistas en la conclusión de una audiencia inicial por abuso de autoridad y fraude.
La Fiscalía supone que ambos habrían incurrido en estos delitos por autorizar el oneroso alquiler del edificio de la ENEE, sin respetar los preceptos establecidos en la Ley de Contratación del Estado.
El alquiler por cerca de 30 millones de lempiras por año se autorizó sin efectuarse un proceso de licitación.
Sin embargo, el juez no encontró el indicio racional suficiente de participación de los dos imputados en los delitos y los liberó de responsabilidad penal en forma definitiva.
Recurso
Inconforme con el fallo judicial, la Fiscalía formalizó el recurso de apelación orientado a que se revoque el sobreseimiento y se ordene el auto de prisión contra Moncada y Mejía. Será la Corte de Apelaciones la que estudiará el expediente del caso y emitirá su fallo.
En sus argumentos, la Fiscalía deja claro que hubo contratación irregular del edificio de la ENEE. El juez considera que la contratación se hizo con base en la Ley de Inquilinato.
Para la Fiscalía esto no procede en vista de que esta ley es aplicable entre particulares, no entre Estado y particular.
Además, la defensa alegó que en el país es costumbre alquilar edificios sin licitación, lo que fue valorado en el fallo. A juicio de la Fiscalía no es válido este argumento en vista de que la costumbre solo es aplicable en materia mercantil, jamás puede ser invocada como una ley.
De acuerdo con el ámbito de aplicación al contrato de arrendamiento de legislación nacional está la Constitución, Ley de Contratación del Estado y su reglamento y una disposición legal especial.
Al no existir esta última se debe aplicar lo que establece la Ley de Contratación del Estado, específicamente al conducir todo un proceso de licitación que no se hizo en este caso, lo que conllevó a un proceso carente de transparencia, afirma la Fiscalía.
El fiscal contra la Corrupción, Henry Salgado, sostuvo que las contrataciones no deben dejarse al libre albedrío, que dejar discrecionalidad en los funcionarios es sinónimo de corrupción, por lo que todas las contrataciones que efectúe el Estado deben ser conforme a la Ley de Contratación.
El fiscal cree que es "una aberración" la valoración del juez sobre que en este caso es aplicable la Ley de Inquilinato y que las licitaciones públicas no son válidas en arrendamientos de edificios.
Además, la Fiscalía expone que el fallo no justifica el porqué se dictó el sobreseimiento por el delito de fraude.
La Fiscalía confía en que la Corte de Apelaciones valore las pruebas y revoque el sobreseimiento.