Honduras
El poder Judicial confirmó la vigencia del arresto domiciliario en contra del exministro de la presidencia de Honduras, Enrique Flores Lanza.
La resolución se adoptó al denegar el juez ejecutor Felipe Rene Speer un recurso de hábeas corpus interpuesto por Sonia Marlina Dubón, esposa de Flores Lanza y exmagistrada de la Corte Suprema de Justicia.
En el recurso de exhibición personal se pretendÃa que se calificara como detención ilegal el arresto del exfuncionario zelayista, acusado por corrupción, medida cautelar dictada por el juez Claudio Aguilar.
Se argumentó que el arresto domiciliario habÃa vencido hace una semana. Al respecto se aclaró que la medida cautelar es legal porque fue dictada por juez competente y solo el juez puede dejarla sin valor.
Se aclaró que el plazo de 30 dÃas se concedió para el pago de una fianza de 27 millones de lempiras, que de no pagarla se le impondrÃa una medida más grave, como enviarlo a la PenitenciarÃa Nacional.
Igualmente, se valoró que fue la defensa quien dilató el proceso y ahora pretendió beneficiar al imputado.
Se declaró sin lugar el hábeas corpus y la resolución del juez Speer y la Sala Constitucional la remitió a la Corte de Apelaciones. Por tanto, Flores Lanza continuará cumpliendo el arresto domiciliario en su casa familiar de la colonia Miraflores.
Otro revés sufrió Flores Lanza al ser declarado sin lugar un amparo interpuesto por Tirza Flores, hermana del imputado.
El amparo cuestionaba que el juez Aguilar no entregó a tiempo el acta de la audiencia de declaración de imputado, se pedÃa suspensión de la misma.
Por otro lado, esta Corte de Apelaciones declaró sin lugar la recusación que interpuso el Ministerio Público en contra de la juez MarÃa Dolores López, quien seguirá conociendo una de las cuatro acusaciones contra Flores Lanza.
Se está a la espera de que la Corte resuelva las recusaciones de los jueces Claudio Aguilar y Alejandra Ochoa, interpuestas por la defensa.
Luego esta misma Corte deberá resolver la apelación del pago de la fianza, que incluye anular los juicios, expuesta por defensores, y la reposición de la admisión de dicha apelación interpuesta por la FiscalÃa contra la Corrupción.