Honduras
El dicho “justicia tardía no es justicia” podría caber en un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Constitucional rechazó el recurso de amparo administrativo No 370-08, interpuesto por el abogado Eneas Portillo Cabrera, a favor de Julián Arístides González Irías, quien fue asesinado el 8 de diciembre de 2009.
Al momento de su muerte González Irías se desempeñaba como titular de la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN). Es decir, que la Sala Constitucional rechazó el amparo a un año y nueve meses de haber muerto el recurrente. “Falla: Denegando el recurso de amparo de que se ha hecho mérito”, cita la cédula de notificación expuesta en la Secretaría de la Sala Constitucional, fechado el 30 de agosto.
A través de su apoderado, González Irías interpuso el amparo en contra de la resolución No. 001/2008 SG TSC, dictada por el Tribunal Superior de Cuentas en enero de 2008, mediante el cual declara una responsabilidad por la suma de 252,779 lempiras.
El caso hace alusión a un pliego de responsabilidad por enriquecimiento ilícito. El expediente será sobreseído y se archivará.