
El Congreso Nacional aceptó analizar la petición contenida en el Acuerdo de San José relacionada con el otorgamiento de una amnistía general para los delitos políticos en que habría incurrido el depuesto presidente Manuel Zelaya Rosales antes y después de su destitución el 28 de junio de este año.
El Congreso Nacional se pronunció en relación al punto número dos del citado acuerdo, sobre la amnistía para los delitos políticos, y acerca del punto seis, sobre el retorno de los poderes del Estado a su integración previa al 28 de junio.
La posición es clara: de llegar a un acuerdo en San José, el Congreso estaría en la disposición de aprobar si es necesario el decreto de amnistía, cita el informe que elaboró una comisión especial nombrada por la junta directiva del Congreso.
La comisión se pronunció sobre los puntos dos y seis de la propuesta denominada "Acuerdo de San José para la Reconciliación Nacional y el Fortalecimiento de la Democracia en Honduras".
La comisión estimó que el Congreso "podría también emitir su punto de vista sobre otros extremos de la propuesta de acuerdo; sin embargo, considera que también se solicitó opinión a otras instituciones del Estado que, en función de sus atribuciones, tienen una relación más directa e inmediata con los temas allí contenidos, razón por la que "nos hemos concentrado en las materias aquí referidas".
Sobre la amnistía
El punto número dos del Acuerdo plantea: "Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, solicitamos al Congreso Nacional la declaratoria de una amnistía general, exclusivamente para los delitos políticos cometidos con ocasión de este conflicto, antes y después del 28 de junio de 2009, y hasta la firma de este Acuerdo, según los términos del artículo 205, inciso 16, de la Constitución de la República de Honduras y la legislación especial vigente que regule la materia.
La amnistía deberá, además, garantizar con claridad las condiciones de seguridad y de libertad de las personas que queden bajo su amparo. De la misma manera, nos comprometemos a no iniciar ni continuar acciones legales por los actos anteriores al 1 de julio de 2009 que se deriven del presente conflicto, por un período de seis meses.
El incumplimiento de cualquiera de los compromisos contenidos en este Acuerdo, comprobado y declarado por la Comisión de Verificación a la que se refiere el punto 7, anulará los efectos de esta moratoria para el trasgresor o los trasgresores".
Posición del CN
En cuanto al punto dos de la propuesta del acuerdo, la comisión del Congreso emitió el siguiente criterio:
2.1 La atribución de conceder amnistía por delitos políticos corresponde constitucionalmente al Poder Legislativo, según se establece en el inciso 16 del artículo 205 de la Constitución de la República.
2.2 Si de existir un acuerdo definitivo, aceptado por las partes, se incluyera el tema que aquí nos ocupa, este poder del Estado, consciente de su responsabilidad histórica, en estricto apego a nuestra Constitución y sus leyes, deberá expresar su voluntad política de discutir el proyecto de decreto de amnistía que oportunamente se presentaría, de acuerdo a los criterios legislativos de iniciativa de ley.
2.3 Es menester de esta comisión dejar establecido que, en congruencia con la propuesta del Acuerdo de San José, la amnistía debería circunscribirse "exclusivamente para los delitos políticos cometidos con ocasión de este conflicto, antes y después del 28 de junio de 2009 y hasta la firma de este Acuerdo" (cita textual de la propuesta del Acuerdo).
2.4 De conformidad a nuestra legislación penal, los delitos políticos están taxativamente enunciados en el artículo 13-A del Código Penal vigente, es decir, los capítulos I, II y III del título XI; los capítulos I, II y III del título XII, y los capítulos V, VI y VII del título XII; todos del libro segundo de dicho cuerpo de leyes.
El retorno de Zelaya
El Acuerdo de San José en su punto número seis establece que "para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia solicitamos al Congreso Nacional que, a efectos de recuperar la integración y legítima conformación de los poderes constituidos al 28 de junio de 2009, en lo procedente retrotraiga la situación del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Tribunal Supremo Electoral a su estado previo al 28 de junio, por haber sido conformados según los artículos 202, 205, incisos 9 y 11, y 236 de la Constitución de la República de Honduras. Lo anterior implica el retorno de José Manuel Zelaya Rosales a la presidencia de la República hasta la conclusión del actual período gubernamental, el 27 de enero de 2010".
La respuesta del CN
Según el Congreso Nacional, "el compromiso que se adquiera en el marco de las negociaciones de San José deberá ceñirse a lo prescrito en nuestra Constitución y sus leyes, así como en el respeto y acatamiento de sus decisiones jurisdiccionales.
Esta comisión, haciendo suyo el preámbulo de nuestra Carta Marga, invoca a la protección de Dios y el ejemplo de nuestros próceres, interpretando fielmente las aspiraciones del pueblo que nos confió su mandato, a efecto de fortalecer y perpetuar un estado de derecho que asegure una sociedad política, económica y socialmente justa que afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del hombre y la mujer como persona humana, dentro de la justicia la libertad, la seguridad, la estabilidad el pluralismo, la paz, la democracia representativa y el bien común, recomienda al pleno del Congreso Nacional respaldar los esfuerzos que nos han convocado ante la mesa del diálogo como una demostración de unidad y de paz para alcanzar la reconciliación de nuestro pueblo que debe ser uno e indivisible".
El informe lo suscribieron los diputados Ricardo Rodríguez, Enrique Rodríguez y Emilio Cabrera (partido Liberal); Rodolfo Irías Navas y Donaldo Reyes Avelar (partido Nacional); Juan Ramón Velásquez Názar (Democracia Cristiana) y Toribio Aguilera (partido Innovación y Unidad).
* Las consultas:
Sociedad Civil. En el proceso de exploración, la comisión del Congreso Nacional encontró una fuerte oposición de los sectores al tema de la amnistía.
Retorno de Zelaya. El Congreso Nacional y los sectores consultados llegaron al consenso DE que el tema del retorno al poder de Zelaya debe enmarcarse en ley.
Teodoro Bonilla
Diputados aceptarían culpabilidad al aprobar una amnistía
El tema de la amnistía propuesta en el Acuerdo San José, por el presidente costarricense Óscar Arias, parece no tener eco en el sector justicia.
El presidente de la Asociación de Jueces de Honduras, Teodoro Bonilla, asegura que el Legislativo no puede conceder un perdón tal y como lo contempla el Acuerdo, ya que el mismo habla de conceder una "amnistía para las partes", es decir que el Legislativo estaría reconociendo haber cometido una ilegalidad al suceder a Manuel Zelaya.
¿Por qué no se le debe dar amnistía a Manuel Zelaya Rosales? Porque existen ya las acusaciones y porque sabemos que el pueblo está esperando que con la aplicación del derecho que hagan los tribunales se logre la justicia que necesita el pueblo.
Sabemos que la amnistía es un perdón, un olvido general de todos los delitos políticos y, así como lo está pidiendo Óscar Arias, lo está pidiendo para ambas partes, para las partes del señor Micheletti, presidente, y para las partes del ex presidente Zelaya.
Es a los diputados que hicieron la sucesión presidencial de acuerdo al artículo 242 de la Constitución de la República que les compete (el tema de la amnistía), no se pueden autoperdonar, no se pueden dar autoamnistía, porque ellos mismos tendrán que aceptar la culpabilidad de que en este país cometieron delitos políticos los congresistas.
¿Se revierten las cosas si a los mismo diputados se les aplicara la ley (de amnistía)? Correcto, todas las partes que participaron en la sucesión del 28 de junio. Si ellos, todas las partes, aceptan la responsabilidad de que se cometieron delitos políticos, ellos mismos estarían aceptando que violaron la Constitución, que rompieron el orden constitucional, que se dio un golpe de Estado, y eso no es aceptable... El señor Zelaya violentó la constitución, pretendía reformar la constitución y crear una nueva constitución y disolver los poderes del Estado, y por eso fue que se dio el cambio de la sucesión presidencial y eso es lo que establece el artículo 239 de la Constitución, y 242.
Analicen bien los diputados, no se debe dar la amnistía aunque con la amnistía se nos vendría una paz relativa; ellos, los diputados, estarían aceptando su culpabilidad de que cometieron golpe de estado.
Señalan que sí se puede dar amnistía, que la ley lo permite aunque no haya una condena. Claro es que es una facultad constitucional del Congreso y a pesar de que no se ha condenado... se podría dar una amnistía para lograr una paz social, pero solo posiblemente a la parte del señor Manuel Zelaya; pero yo insisto, preguntémosle a través del plebiscito y referéndum al pueblo si está de acuerdo con darles una amnistía, que son temas que le competen al pueblo porque son temas tan trascendentales que de ahí debemos practicar el referéndum y el plebiscito en la consulta que se le puede hacer al pueblo.
* Rechazo: La fiscalía general de la República se ha manifestado en contra de que se le conceda una amnistía al ex presidente Manuel Zelaya.